PROMULGADA POR DECRETO Nº 0546/17.-
Expediente HCD. Nº 6.103-D-17
VISTO el Expediente N° 346 del año 2016, iniciado por el Secretario Técnico, Arq. Diego Pelegrinelli; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo solicita autorización para realizar la liquidación final de la obra “Banco de materiales para el mejoramiento habitacional” con la construcción de 7 viviendas bajo la modalidad de construcción por el sistema de Administración;
Que mediante Expedientes Nº 5.890/06 y su alcance 5.980/07, la Municipalidad de Coronel Pringles, en convenio con el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano, autorizado por Ordenanza Nº 3.402/04, desarrolla la construcción de 7 viviendas;
Que según presupuesto determinado por la Secretaría Técnica, la inversión para la conclusión de obra se eleva a un total de $201.722,32;
Que oportunamente los lotes de terrenos sobre los que se construyen las viviendas, propiedad del fisco municipal, son entregadas en uso precario a los beneficiarios;
Que se realiza una tasación de esos lotes, conforme consta a fs. 21 y 22, determinándose un valor de $43.000,00 cada uno;
Que surge la inquietud y necesidad de regularizar en forma íntegra la situación de estas viviendas: desde lo ocupacional, ratificando o rectificando la adjudicación; la subdivisión e individualización de los terrenos y el saneamiento del reintegro de la inversión;
Que de acuerdo al cálculo, el monto que debería ser reintegrado por cada uno de los beneficiarios ascendería a un total de $71.960,00;
Que conforme se refleja en cada uno de los informes sociales, adjuntos a fs. 23/41, en la totalidad de las viviendas las posibilidades económicas de las familias son diversas, con lo cual se sugeriría realizar una modalidad de pago personalizada y consensuada con cada uno de ellos;
Que es menester concretar un convenio de pago con los adjudicatarios tendientes a contemplar y consensuar, dentro de las posibilidades de cada grupo, la cantidad de cuotas con las cuales poder cancelar el pago del inmueble y acceder de este modo a la concreción de la titularidad;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a concretar convenios de pago personalizados y consensuados con cada uno de los beneficiarios de las 7 viviendas construidas por la Municipalidad de Coronel Pringles en el marco de la obra “Banco de materiales para el mejoramiento habitacional”, en convenio con el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano, autorizado por Ordenanza Nº 3.402/04, siendo el monto que debe ser reintegrado de $71.960,00 cada uno.
2.-
ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.364
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 20 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2017.-