Expediente HCD. Nº 5.868-B-16.-
VISTO
La sanción de la Ley Provincia Nº 14.828 referente al “PLAN ESTRATEGICO DE MODERNIZACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”;
Que dicha Ley, en su Artículo Nº 16, invita a los Municipios a adherirse a la misma;
Que el mencionado plan deviene como herramienta necesaria a fin de dotar de mayor eficacia y trasparencia a la administración pública local;
Que la presente, al ser coincidente con las nuevas tendencias regionales y locales que se intentan implementar, como lo es el sistema llamado “Gobierno Abierto”, viene además, a ser una herramienta importante para aquellos gobiernos que además de dar transparencia, planean incorporar las tecnologías actuales y dotar de mayor eficiencia y rapidez a la tramitación burocrática, como así también la reducción de costos y el cuidado del medioambiente;
Que reconociéndose la necesidad de una mayor participación y control ciudadana en la gestión pública;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Adhiérase el Municipio de Coronel Pringles en todos sus órganos, tanto los dependientes del Departamento Ejecutivo como del Deliberativo y Administración Descentralizada a la Ley Nº 14.828 de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2º: Establézcase la obligación del Departamento Ejecutivo, por medio del Area que corresponda, de informar trimestralmente sobre los avances en la implementación de la Ley citada y de esta Ordenanza.
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.286
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 18 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2016.-