Press "Enter" to skip to content

Ordenanza Nº 4.275

PROMULGADA POR DECRETO 0595/16.-

Expediente HCD. Nº 5.813-D-2016.-

VISTO

El Expediente Nº 1.074 del Año 2016. Iniciado por María Belén NEBBIETTI, Contadora Municipal; y

CONSIDERANDO

Que adjunta al mismo corre agregada la documentación correspondiente al Convenio suscripto entre la Municipalidad de Coronel Pringles y la Fundación de la Universidad Nacional del Sur, cuyo objeto es diseñar e implementar la puesta en marcha de un Programa Sistémico de Desarrollo Local (PSDL) en nuestro Partido;

Que la Contadora Municipal informa que existe una deuda de $20.000,00 correspondiente al Mes de Octubre de 2015, adjuntándose la factura correspondiente a fs.2;

Que se debe dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 140º del Reglamento de Contabilidad, el que en su parte pertinente, dice: “El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la Contabilidad Municipal, sin previa comprobación – hecha en Expediente especial- de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumplido este paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo”;

Que habiéndose cumplido los requisitos determinados por la norma citada, la Contaduría Municipal expresa que se deberá reconocer una deuda de $20.000,00 del Ejercicio 2015;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a la registración de la deuda y la realización del pago de la misma, por la suma de PESOS VEINTE MIL ($20.000,00) a la FUNDACION DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR, conforme lo dispuesto por los Artículos 140º y 141º del Reglamento de Contabilidad.

ARTICULO 2º: Comuníquese, cúmplase, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.275

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 30 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2016.-

 

Print Friendly, PDF & Email