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Ordenanza Nº 4.221

Expediente HCD. Nº 5.665-D-15.-

 

VISTO

El Expediente N° 6.451 del año 2015, iniciado por el Sr. OLAZAR Sergio Adrián; y

CONSIDERANDO

Que por el mismo inicia la tramitación pertinente a los efectos de solicitar la compra del terreno cedido oportunamente en carácter precario;

Que se ha enviado el detalle del mismo al Centro de Corredores y Martilleros Públicos, con el propósito de requerir la tasación del lote, de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;

Que del informe socio económico realizado por asistentes de la Sub Secretaría de Desarrollo Social, se desprende la efectiva habitabilidad del inmueble;

Que no existe inconveniente alguno en acceder a lo pedido;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para que desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, venda y transfiera en forma directa el dominio del bien inmueble de propiedad privada de esta Municipalidad de Coronel Pringles, en el marco de los términos de la Ordenanza N° 3.170/00, ubicado en el ejido de esta ciudad e identificado como:

CIRCUNSCRIPCION XIII

Sección “C” – Manzana 205 – Parcela 19a– de 15,00 mts. de frente por 25,00 mts. de fondo, 370,50 mts. cuadrados de superficie.-

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.221.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2015.-

 

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