Expediente HCD. Nº 5.558-D-15.-
VISTO
Los Expedientes N° 10.139/12 y 3.332/14, iniciados por PELIZZA Juan Ángel y OCKIER Mariela respectivamente; y
CONSIDERANDO
Que por los mismos inician la tramitación pertinente a los efectos de solicitar la compra de los terrenos cedidos oportunamente en carácter precario;
Que se ha enviado el detalle de los mismos al Centro de Corredores y Martilleros Públicos, con el propósito de requerir las tasaciones de los lotes, de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Que de los informes socio económicos realizados por asistentes de la Secretaría de Desarrollo Social, se desprende la efectiva habitabilidad de los inmuebles;
Que no existe inconveniente alguno en acceder a lo pedido;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para que desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, venda y transfiera en forma directa el dominio de los bienes inmuebles de propiedad privada de esta Municipalidad de Coronel Pringles, en el marco de los términos de la Ordenanza N° 3.170/00, ubicados en el ejido de esta ciudad a favor de los Señores PELIZZA Juan Ángel y OCKIER Mariela, respectivamente e identificados como:
CIRCUNSCRIPCION XIII
Sección “B” – Manzana 179 – Parcela 2 de 20 mts. de frente por 50,00 mts. de fondo, 1.000 mts. cuadrados de superficie;
Sección “B”; Manzana 180 – Parcela 18 – de 12,00 mts de frente por 40,00 mts.
de fondo, 480 mts. cuadrados de superficie;
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.186.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2015.-