Expediente HCD. Nº 5.375-B-2014.-
VISTO
La realidad percibida por la comunidad pringlense en relación al tema adicciones, corroborada por las encuestas realizadas, y por lo detectado y trabajado en el día a día por las Instituciones y Servicios relacionados con ello;
Que más allá de la política provincial o nacional, es el diseño y puesta en marcha de una política pública municipal amplia, integral y participativa, hasta ahora ausente, lo que debe implementarse en Coronel Pringles, para que la problemática de las adicciones encuentre una respuesta realista y efectiva; y
CONSIDERANDO
Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos manifiesta: en su Artículo 25º “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar,…la asistencia médica y los servicios sociales necesarios…”;
Que el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales en sus Artículos 10º, 11º y 12º, establece la obligatoriedad de los Estados, partes en la protección y cuidado de las personas y el ejercicio de los derechos sociales;
Que la Constitución Nacional de la Nación Argentina incorpora dichos Pactos y Tratados Internacionales, confiriéndoles jerarquía constitucional;
Que la Constitución Provincial en su Artículo 36 Inc. 8º expresa: “…La Provincia garantiza a todos sus habitantes el acceso a la salud en los aspectos preventivos, asistenciales y terapéuticos. Sostiene el hospital público y gratuito en general, con funciones de asistencia sanitaria, investigación y formación; promueve la educación para la salud; la rehabilitación y la reinserción de las personas tóxicodependientes…”;
Que la L.O.M. en su Artículo 25º señala que “las Ordenanzas deberán responder a los conceptos de …sanidad, asistencia social…”; en su Artículo 27º que a los Departamentos Deliberativos les corresponden reglamentar “la instalación y funcionamiento de los establecimientos sanitarios y asistenciales…”;
Que abordar el problema de drogas supone trabajar en 2 Polos: Oferta (quienes venden sustancias legales o ilegales) y Demanda (quienes las consumen);
Que el trabajo en la Oferta de sustancias depende de justicia federal, fiscales, fuerzas policiales y personal afectado a la tarea de Inspección (en venta de alcohol o pegamento, por ejemplo), todo ello buscando desalentar la venta o provisión de sustancias adictivas o el mal uso que de ellas se hicieran;
Que respecto a la Demanda (los consumidores) preocupa la situación de quienes abusan (quienes hacen mal uso) o quienes dependen de las sustancias (cuando su vida gira en torno al consumo, o no, de ellas);
Que la persona adicta necesita un Proyecto de vida, y un encuadre de normas y actividades que le permita generar un orden interno del que carece;
Que el trabajo y/o estudio, desempeñados con límites y supervisión adecuados, son acciones que favorecen el ítem anterior;
Que sin embargo son los espacios terapéuticos los principales puntales para que la persona adicta pueda expresar no lo que consume sino lo que lo consume, y como consecuencia, esto es la base para alcanzar la sobriedad, mantener o aumentar los períodos de abstinencia, o al menos la reducción del daño de él y de su grupo familiar;
Que haciendo una proyección sobre las últimas encuestas masivas hechas en la ciudad, conjugados con los datos del último censo poblacional, en especial enfocados en la conformación por grupos etáreos, nos permiten realizar una aproximación respecto a la cantidad de abusadores de sustancias/adictos en 3500/4000 personas;
Que podemos detallar 5 grandes bloques para abordar el problema:
. Una Prevención amplia o inespecífica, basada en las posibilidades de trabajo, de estudio, recreativas, en expresiones artísticas, culturales, deportivas, etc..;
Esto crea un clima, un horizonte, distinto, para encontrar “un lugar en el mundo”;
. Una Prevención Específica, orientada a explicar por qué una persona consume, cuáles son los recursos humanos e institucionales que la comunidad tiene para ayudarlo, qué consecuencias físicas, psíquicas, y sociales tiene el consumo de determinadas sustancias;
. La Detección Temprana, destinada a captar a la persona cuando está en el inicio del problema, cuando se dan las primeras situaciones de abusos en el consumo de sustancias. Cuando la adicción no está instalada las posibilidades de recuperación crecen;
En este sentido la familia es la principal detectora, pero no es la única;
Hay otras 3 Instituciones que son fundamentales en este punto: las escuelas, los cultos y las Instituciones Sociales y Deportivas. El número de ambas y su ubicación territorial las ubica en un sector de privilegio en este punto;
. Asistencia al adicto, tendiéndolo en forma ambulante, lo que significa: atención psicológica o terapia grupal, y también volver a una experiencia exitosa como lo fue el grupo de autoayuda en adicciones (similar a alcohólicos anónimos);
Si no es ambulatorio, es decir si las características del adicto requieren internación, se torna imperiosa la necesidad de crear un centro local de contención de adictos para desintoxicar y deshabituar;
. Control y Denuncia: orientado a canalizar el conocimiento que los vecinos tienen sobre situaciones de venta ilegal de sustancias (alcohol a menores, por ejemplo) o de venta de sustancias ilegales;
En resumen: Todo apunta a que un problema de esta magnitud, que creció considerablemente, encuentre un freno, un canal de resolución en una política municipal hacia las adicciones;
Que un entramado comprometido de personas e instituciones, conjuntamente con servicios y recursos institucionales;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Créase el Programa Municipal de Lucha Contra las Adicciones en el Partido de Coronel Pringles.
ARTICULO 2º: Serán Objetivos del Programa, citado en el artículo precedente, los siguientes:
. Evaluar y promover estrategias de prevención, y condiciones de contención, en grupos vulnerables;
. Fomentar un trabajo entramado con Instituciones y Programas existentes en la ciudad para incrementar la concientización, sensibilización comunitaria y la pronta detección de las personas que sufren con el consumo de sustancias;
. Promover un abanico heterogéneo de herramientas terapéuticas acordes a las características de la persona adicta;
ARTICULO 3º: El Programa Municipal de lucha contra las Adicciones contará con 5 ejes de trabajo:
- Prevención Amplia o inespecífica: Intervención destinada a desarrollar actitudes positivas y a mejorar la calidad de vida de las personas, realizándose diferentes actividades en dicho sentido sin aludir específicamente la temática de las adicciones.
- Prevención Específica: Acciones que se realizan trabajando directamente la temática de la drogadicción, es decir las drogas, efectos y sus consecuencias;
- Detección Temprana: Identificación de indicadores que constaten la presencia de consumo de sustancias en un sector de la población, ya sea de manera individual y colectiva;
- Asistencia: Servicios o recursos institucionales que se prestan para el tratamiento de las adicciones;
- Control y Denuncia: Mecanismos de inspección, vigilancia, fiscalización, intervención, ya sea en el ámbito contravencional o penal;
ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo considerará como acciones propias de la Prevención Inespecífica a las vinculadas directamente a:
- La generación de oportunidades laborales;
- A la formación y capacitación académica;
- A la realización de prácticas deportivas;
- Al desarrollo de actividades artísticas;
- Al fortalecimiento espiritual
ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo convocará a las Instituciones Deportivas, Sociales y Religiosas para trabajar conjuntamente en las Areas de Prevención Específica (dedicada a concientizar, informar sobre características y riesgos del consumo y a crear Espacios de Escucha) y de Detección Temprana (cuando la persona se encuentra en la etapa de consumo problemático sin llegar a la dependencia en el consumo de sustancias).
ARTICULO 6º: El Departamento Ejecutivo dispondrá de los siguientes dispositivos para la Asistencia del adicto:
- Psicoterapia individual y/o grupal;
- Grupos de Ayuda Mutua de Adictos y de Familiares;
- Espacio exclusivo para la Desintoxicación de Adictos, en instalaciones independiente de la internación general, del Hospital Municipal “Manuel B. Cabrera”;
- Espacio destinado para la Deshabituación y Reinserción Social en modalidad Centro de Día, o en modalidad Residencia Permanente (similar al descripto en el Anexo I de la presente Ordenanza);
ARTICULO 7º: El Departamento Ejecutivo implementará una línea telefónica gratuita que posibilite la recepción de denuncias anónimas ya sea con atención personal o por registros de grabación automáticos. El Area interviniente en la recepción de estas denuncias lo elevará en el término de 72 hs., como máximo, a las autoridades correspondientes.
ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo en coordinación con las Instituciones y/o grupos que considere conveniente, realizará Encuestas modelo de cuestionario SADA (CORIN-CORAL) de manera bienal. A fin de guardar relación con otras efectuadas anteriormente en el distrito, procurará que las encuestas referentes al ámbito educativo estén orientadas al universo de la población destinataria, en tanto que las concernientes al ámbito comunitario se realicen por medio de muestreos significativos.
Asimismo diseñará y ejecutará toda otra encuesta y/o estudio que considere pertinente para la cumplimentación de los objetivos enunciados en el Artículo 2º.
ARTICULO 9º: El Departamento Ejecutivo coordinará con otras instancias de gobierno (provincial y nacional), O.N.G. y esfuerzos e iniciativas que ya se estén desarrollando a nivel local con el objeto de evitar la superposición de recursos económicos y humanos, logrando la optimización de los mismos.
ARTICULO 10º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese, y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.158
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2014.-