Expediente HCD. Nº 5394-D-2014.-
VISTO
El Expediente Nº 2111/13, iniciado por el CLUB ATLETICO DIVISORIO; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo solicita la renovación de uso precario del terreno identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “F”, Manzana 508, Solares 1,2,3 y 4;
Que mediante Ordenanza Nº 2.920/96 fue otorgada la concesión de uso del inmueble, con destino al desarrollo de actividades de la Escuela de Fútbol Infantil de la Institución;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Otórguese al CLUB ATLETICO DIVISORIO, la concesión de uso del inmueble de propiedad municipal, identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “F”, Manzana 508, Solares 1,2,3 y 4, con destino al desarrollo de actividades deportivas.
ARTICULO 2º: La concesión de uso se otorga por el término de DOS (2) años, a contar desde la promulgación de la presente Ordenanza, retornando el inmueble al Municipio si no se hubiere cumplido con los fines a los cuales se destina, como así también ante la disolución del Club.
ARTICULO 3º: El CLUB ATLETICO DIVISORIO estará exento de la obligación de abonar el canon establecido para los usufructuarios en la Ordenanza Tributaria anual.
ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.146.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2014.-