DÉCIMA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA
1 DE SEPTIEMBRE DE 2016
En la ciudad de Coronel Pringles, Provincia de Buenos Aires, siendo la hora 19:35 del día 1º de Septiembre de 2016, damos inicio a la Décimo Primera Sesión Ordinaria con la presencia de las Señoras y de los Señores Ediles: Barruti Valeria; Bayúgar José; Carassou Sergio; Cejas Pablo; D’Annunzio Osvaldo; Gutiérrez María del Carmen; Knell Mario; Matzkin Lisandro; Peralta Martín; Pereyra Irma; Queti Gastón; Romano Silvio; Schubmann Hugo y Zamburio Patricia. Quienes certifican su presencia mediante la firma en el Libro de Asistencia.
Presidencia a cargo de su titular: Concejal José Bayúgar.
Secretaría: Auxiliar Administrativa: Graciela Giménez.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Vamos a dar inicio a la Décimo Primera Sesión Ordinaria, de fecha 1º de Septiembre de 2016, siendo las 19:35 horas. Por Secretaría se procederá a tomar asistencia.
El izamiento de la Bandera Nacional corresponde al Señor José Bayúgar y el de la Bandera Bonaerense al Edil Carassou”.
ORDEN DEL DIA
. Expediente HCD. Nº 5.904-P-16. Iniciado por Presidencia del H. Concejo Deliberante. Nota: Eleva anteproyecto de Presupuesto de Gastos del Honorable Concejo Deliberante para el Año 2017.-
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Hacienda. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. COMUNICACIÓN DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
. Nota remitida por el Sr. Intendente Municipal, Carlos Berterret: Eleva copia de los siguientes Decretos:
Nº 0530/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.267/16
Nº 0531/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.268/16
Nº 0532/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.269/16
Nº 0535/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.270/16
Nº 0591/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.271/16
Nº 0592/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.272/16
Nº 0593/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.273/16
Nº 0594/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.274/16
Nº 0595/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.275/16
Nº 0596/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.276/16
Nº 0597/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.277/16
Nº 0634/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.278/16
Nº 0635/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.279/16
Nº 0733/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.280/16
Nº 0737/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.281/16
Nº 0750/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.283/16
Nº 0751/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.284/16
Nº 0770/16-Promulgación Ordenanza Nº 4.289/16.-
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos el pase a Secretaría de las mismas. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. PETICION o ASUNTO DE PARTICULAR
. Expediente HCD. Nº 5.897-P-16. Iniciado por Particular. Nota: Mediante la cual plantea solución, detallada en la misma.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Hacienda. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. PROYECTO DE ORDENANZA
. Expediente HCD. Nº 5.898-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Nota: Eleva Proyecto de Ordenanza: Referido a reconocimiento y pago de la deuda a la Sra. Teresa Amanda Jáuregui. (Se adjunta Expte. Mcpal. Nº 000001423/2016-00-Letra J).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Hacienda. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 5.899-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Nota: Eleva Proyecto de Ordenanza: Referido a reconocimiento y pago de la deuda al Sr. Ernesto Alfano. (Se adjunta Expte. Mcpal. Nº 000001400/2016-00 Letra A).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Hacienda. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 5.900-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Nota: Eleva Proyecto de Ordenanza: Referido a reconocimiento y pago de la deuda al Sr. Ariel Goicoechea. (Se adjunta Expte. Mcpal. Nº 000000549/2016-00 Letra G).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Hacienda. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 5.903-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Nota: Eleva Proyecto de Ordenanza: Referido a la adjudicación de 10 viviendas del Barrio Peréz Erro, conjuntamente con el Expediente Nº 4.027-1112-2015.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidente se decidió el pase a la Comisión de Asuntos Legales. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 5.905-C-16. Iniciado por Concejales Zamburio-D’Annunzio. Proyecto de Ordenanza: Llamesé a concurso público y abierto, por el tiempo de 30 días de promulgada la presente, para la presentación y posterior elección de la Bandera del Distrito de Coronel Pringles.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Educación, Cultura y Deporte. Concejal D’Annunzio tiene la palabra”.
El Edil D’Annunzio manifestó: “Gracias Presidente. Mire, queremos una bandera que nos represente. La mayoría de los municipios de la provincia de Buenos Aires la han incorporado, y una uno visita otras ciudades, la ve flamear con orgullo en el Palacio Municipal. Por citar algunas, Bahía Blanca, Dorrego, de la zona, Tres Arroyos, Laprida.
Cometimos el error de no derogar una Ordenanza que ya hay que tenía el mismo fin pero evidentemente no hubo intención de llevarla a cabo, porque es una ordenanza del 2009 y si en siete años no se llamó a un concurso para que se presentaras trabajos, es porque no había interés en presentarla.
Mire Presidente, me tocó ser jurado de la Bandera Bonaerense en la Gobernación del Doctor Duhalde y el entonces Intendente Mensi, la verdad que una experiencia muy interesante, y vimos la cantidad de trabajos que se presentaron. Dentro de la heráldica nosotros proponemos en el caso de Pringles, que haga referencia a lo que nos identifica, nuestra cultura, nuestro patrimonio, nuestra historia, nuestra geografía, nuestra producción. Imperativamente fijamos, o le pedimos al Departamento Ejecutivo, por eso es ordenanza, que dentro de los 30 días de promulgada, se llame a un concurso abierto, porque la idea mirando cómo han hecho otros distritos de la provincia de Buenos Aires, han llamado a un concurso abierto con la participación de toda la ciudadanía y luego una comisión, que nosotros proponemos, a nuestro criterio obviamente, desde Educación se puede enriquecer y mejorar el Proyecto, sería la encargada de elegir entre los trabajos presentados, la bandera que nos represente, que cumpla esos requisitos que hablábamos.
Obviamente lo que proponemos, como en la comisión hay personas que no pertenecen al ámbito municipal por lo tanto no puede ser imperativo, obviamente se da la invitación a que participen. Ponemos de ejemplo, además de la comisión del Concejo Deliberante, la Directora de Cultura, que creemos debe presidir esta comisión y que en caso de empate tenga doble voto el suyo, invitar a participar a la Presidente del Consejo Escolar, o quien represente, invitar a participar a la Inspectora Regional o quien represente, invitar a la Inspectora del Área Artística, porque tiene incumbencia, y también pensamos en los docentes jubilados que debieran tener participación en esto. Y proponemos que, como es la idea y creo que puede tener aceptación si hay muchos trabajos y se elige una bandera que nos represente, que sea declarada Bandera de Coronel Pringles, a través de una Ordenanza que tendría que mandar el Señor Intendente Municipal, y proponemos también una Sesión Especial, donde el Intendente y su Gabinete, y los Concejales y los Consejeros Escolares, o sea, quienes tenemos cargos electivos, juremos fidelidad a la Bandera, fidelidad en el sentido del compromiso que debemos tener, que creo que lo tenemos todos, de trabajar y hacer el esfuerzo máximo posible por el desarrollo de nuestra ciudad y el bienestar de nuestros vecinos. De eso se trata Presidente, no me cabe duda que la Comisión lo va a enriquecer, yo voy a venir a participar de las reuniones y habría que agregarle, derogar la Ordenanza anterior. Muchísimas gracias Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces el pase del Expediente Nº 5.905 a la Comisión de Educación, Cultura y Deporte. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 5.909-B-16. Iniciado por Bloque de Concejales del Frente para la Victoria-Partido Justicialista. Proyecto de Ordenanza: Autorízase al Partido Justicialista de Coronel Pringles a erigir un Monumento recordatorio a Juan Domingo Perón y María Eva Duarte de Perón, en el sitio cuya nomenclatura Catastral es Circunscripción XIII, Sección C, Manzana 267, Parcela 1, según Mapa de ubicación y croquis preliminar que como Anexos I y II forman parte de la presente.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Educación, Cultura y Deporte. Concejal Cejas tiene la palabra”.
El Edil Cejas manifestó: “Gracias Señor Presidente. Bueno, esto es un trabajo que se viene realizando desde el Partido Justicialista. Es para que nos autoricen a la construcción del monumento recordatorio de Eva y Juan Domingo Perón de los dos líderes del Partido Justicialista. Esto vamos a pedir que se adjunte este pedido al anterior que entró en la sesión anterior. Y los costos estarán a cargo del Partido Justicialista. Así que solamente queda que lo autoricen, va estar en la plaza del barrio Obrero, en la plaza Eva Duarte de Perón. Nada más”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces el pase del Expediente Nº 5.909 a la Comisión de Educación, Cultura y Deporte. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 5.913-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Nota: Eleva Proyecto de Ordenanza: Referente a la cesión definitiva del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección F, Manzana 508, Solares 1, 2, 3 y 4, al Club Atlético Divisorio. (Se adjunta Expte. Mcpal. Nº 000001938/2016-00 Letra C).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes de decidió el pase a la Comisión de Legales. Estamos votando, Concejal Peralta tiene la palabra”.
El Edil Peralta manifestó: “Sí. Más allá de que el Proyecto va a ir a la Comisión de Legales, una aclaración técnica que por ahí habría que hacer cual es la finalidad de y la intención bien del Departamento Ejecutivo. La Sesión pasada llegó un Proyecto de Ordenanza derogando la cesión de un inmueble y dando la donación del mismo. Técnicamente se ceden derechos no inmuebles, no las cosas. El Proyecto acá hace referencia a la cesión yo supongo que intención es dar en propiedad el terreno al club Divisorio, no hace falta que venga ningún miembro del Ejecutivo a la comisión, simplemente una comunicación informal para acomodar esa palabrita nada más. Gracias Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces el pase del Expediente Nº 5.913 a la Comisión de Legales. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 5.914- D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Nota: Eleva Proyecto de Ordenanza: Referido a la creación del Programa “Créditos Solidarios Pringlenses”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Hacienda. Concejal Matzkin tiene la palabra”.
El Edil Matzkin expresó: “Bueno Señor Presidente, por lo general no hablo cuando entran los Proyectos de Ordenanza del Ejecutivo. Pero en este caso me pareció muy interesante, más allá de que habrá que analizar artículo por artículo y las facultades que tiene el Municipio para prestar dinero o no. Me parece que el objetivo final de la Ordenanza que es la regularización dominial de más de 2200 lotes cedidos en usufructo precario, es un objetivo que el Estado debe perseguir porque realmente la cantidad en relación a la totalidad de lotes que hay en Pringles, el porcentaje es altísimo. Y esta irregularidad dominial hace que las personas que hayan construido sus casas en este tipo de lotes, no tengan la propiedad del mismo, y si no se implementa algún tipo de programa de regularización, nunca lo van a tener a la propiedad. Así que me parece que comenzar a ordenar esta situación e intentar este tipo de fondeo a través de créditos solidarios me parece un muy buen primer paso. Nada más Señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces el pase del Expediente Nº 5.914 a la Comisión de Hacienda. Concejal Peralta tiene la palabra”.
El Edil Peralta manifestó: “Quisiera mocionar que también vaya a la Comisión de Legales o que las dos trabajen en conjunto, para tratar este tema. Porque hace falta la referencia o la mención de la ley de disponibilidad de los terrenos municipales, que indica cómo es posible que se haga la venta privada de un terreno que exceda el monto que autoriza el Municipio a la venta privada. Por eso me gustaría anexar aunque sea ese pedacito de esa ley al Proyecto de Ordenanza que también me parece interesante y lo vamos a apoyar”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo señaló: “Concejal Matzkin tiene la palabra”.
El Edil Matzkin manifestó: “Mociono que pase entonces primero a Legales y después a Hacienda, porque va a ser medio complicado, trabajamos casi en el mismo horario con temas distintos. Así que, que pase primero a Legales y después a la Comisión de Hacienda”. Moción apoyada por el Concejal D’Annunzio.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Bueno votamos el pase del Expediente Nº 5.914 a Legales Primero, y luego a la Comisión de Hacienda. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. PROYECTOS DE RESOLUCIÓN
. Expediente HCD. Nº 5.901-B-16. Iniciado por Bloque de Concejales de la Agrupación Municipal Compromiso Pringles. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Deliberativo que, mediante el decreto respectivo, adhiera al programa Acciones para el Entrenamiento del Trabajo, Línea Pública.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el tratamiento sobre tablas. Estamos votando, aprobado por unanimidad. Concejal Matzkin tiene la palabra”.
El Edil Matzkin manifestó: “Bueno, me pareció muy interesante hace unos días atrás, me entrevisté con la referente de la Oficina de Empleo local, Nadia Maradeo, quien me estuvo contando todos los programas que desarrolla dicha Oficina de Empleo y dentro de ellos, me informó de este programa que tiene el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que es el Programa de Entrenamiento Para el Trabajo, y específicamente la línea pública. Que el Departamento Ejecutivo ya viene trabajando en conjunto con el Ministerio de trabajo y pensé la posibilidad de que el Departamento Deliberativo también participe de este Programa. Por eso es que dentro de uno de los artículos propongo que recibamos a Nadia Maradeo en Cuerpo en Comisión así todos estamos informados de la totalidad de los programas, número uno para que podamos hacer difusión en aquellas personas que les pueden ser de utilidad, pero también para que nos adhiramos a dicho Programa, ya que este Programa de entrenamiento para el trabajo en la línea pública tiene como objetivo preparar para el trabajo a las personas con discapacidad que tengan su certificado correspondiente. El objetivo es asistir a los trabajadores desocupados con discapacidad en el desarrollo de su proyecto ocupacional, a través de actividades que les permitan mejorar sus competencias, habilidades y destrezas laborales. El costo del mismo está cubierto por el Ministerio de Trabajo y para la persona en cuestión que puede ser el entrenado, puede ser una primera gran oportunidad para ingresar en el mundo del trabajo, sobre todo el Estado dándole posibilidades a aquellas personas que tienen capacidades diferentes. Así que si el resto del Cuerpo está de acuerdo y lo acompaña, realmente sería muy interesante que el Concejo Deliberante también trabaje en este aspecto. Nada más Señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Bueno, entonces votamos la aprobación sobre tablas del Expediente Nº 5.901, estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobada la siguiente Resolución:
Expediente HCD. Nº 5.901-B-16.-
VISTO
Que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación viene desarrollando el programa Acciones de Entrenamiento para el Trabajo;
Que dicho Ministerio articula sus programas con los municipios a través de la Oficina de Empleo, dependencia que se encuentra operando en nuestro distrito; y
CONSIDERANDO
Que el programa Acciones de Entrenamiento para el Trabajo se trata de pasantías rentadas con aportes económicos a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
Que el objetivo es que personas que actualmente se encuentran por fuera del mercado laboral pueda, a través del entrenamiento, adquirir herramientas y conocimientos de un puesto de trabajo determinado y mejorar sus condiciones de empleabilidad;
Que el entrenador puede formar a una persona que, posteriormente al entrenamiento rentado, puede ser su empleado con la formación necesaria para cubrir el puesto de trabajo requerido;
Que pueden acceder al programa personas desocupadas mayores de 18 años que quieran adquirir experiencia y conocimientos en un puesto de trabajo determinado;
Que pueden ser entrenadores tanto empresas como así también comercios, trabajadores independientes, Organizaciones No Gubernamentales y el Estado Municipal en cualquiera de sus poderes;
Que la carga horaria es de 20 hs, semanales, de lunes a viernes, y el aporte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación es de 3120 $/mensuales;
Que en el programa de Entrenamiento para el Trabajo, línea pública, los pasantes deberán ser mayores de 18 años con discapacidad acreditada por el certificado único de discapacidad (CUD);
Que dicho programa bajo la modalidad Línea Pública, busca como objetivo asistir a trabajadores desocupados con discapacidad en el desarrollo de su proyecto ocupacional a través de actividades que les permitan mejorar sus competencias, habilidades y destrezas laborales;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Deliberativo que, mediante el decreto respectivo, adhiera al programa Acciones para el Entrenamiento del Trabajo, Línea Pública.
ARTÍCULO 2º: Solicitar al Presidente del Honorable Cuerpo que en fecha a concordar con el cuerpo, invite a la referente local de la Oficina de Empleo Nadia Maradeo para que explique la modalidad de dicho programa al cuerpo en comisión.
ARTÍCULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.151
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE
. Expediente HCD. Nº 5.902-A-16. Iniciado por Agrupación Municipal Compromiso Pringles. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo que a través del área que crea conveniente, gestione la implementación del programa “Banquito Popular de la Buena Fe” en el distrito de Coronel Pringles.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el tratamiento sobre tablas, estamos votando, aprobado por unanimidad. Concejal Matzkin tiene la palabra”.
El Edil Matzkin manifestó: “Bueno, en este caso le pedimos al Departamento Ejecutivo que gestione la re implementación del Banco Popular de la Buena Fe en nuestro distrito. El motivo es que ya hay una vasta experiencia en todo el país, respecto a los beneficios de este tipo de programas de la economía social que viene implementando el Ministerio de Desarrollo Social hace varios años, ya desde el gobierno anterior, y el actual decidió continuar con dicho Programa y yo creo que como aquellas cosas que se hacen bien hay que continuarlas, también tenemos que apuntar a poder continuarlo en Pringles. Y fortalecer y apuntalar la economía social con estos microcréditos con garantía solidaria, que tienen una tasa de cobrabilidad, estos créditos vale destacar que la garantía es la palabra y tienen una tasa de cobrabilidad más alta que la del sistema bancario actual, la cobrabilidad de los bancos populares de la buena fe, en todo el país, supera el 98% y en la experiencia que tuvimos en Pringles era del 98,5% cuando la garantía es solamente la palabra. Y por supuesto que los beneficiarios como los importes son pequeños, son personas que están tratando de comenzar con una pequeña, un micro emprendimiento, muy pequeño, y que realmente necesitan de la mano del Estado para poder comenzar. Y Ustedes fíjense qué nivel alto de cobrabilidad cuando la garantía es la palabra. Así que yo quiero destacar las características de este programa, lo bien que funcionó en su momento, y que me parece que puede llegar a ser de gran utilidad para un sector muy importante de nuestra gente, de nuestros emprendedores que con un empujón pueden llegar a empezar a desarrollar su pequeño sueño. Nada más Señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos la aprobación entonces del Expediente Nº 5.902. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobada la siguiente Resolución:
Expediente HCD. Nº 5.902-A-16.-
VISTO
Que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a través de la Comisión Nacional de Microcréditos viene desarrollando desde hace varios años el programa “Banquito Popular de la Buena Fe”; y
CONSIDERANDO
Que el mismo ha puesto en marcha este tipo de Bancos que están destinados a provocar la mejora de la calidad de vida de emprendedores que generalmente no acceden a los bancos “tradicionales”, de forma progresiva y con total protagonismo de los mismos.
Que ya existe una vasta experiencia sobre la utilidad socio-económica de los mismos y el impacto que tienen en la economía social;
Que en Coronel Pringles ya se desarrolló dicho programa desde el año 2009 hasta el año 2012, con gran repercusión y éxito en los objetivos planteados;
Que los requisitos para acceder a dicho programa son Ser mayor de edad, tener un proyecto de trabajo, funcionando o a iniciarse y formar un grupo de cinco personas, que no sean familiares;
Que las principales características del programa son:
- El préstamo es individual, la garantía es solidaria.
- El grupo es la garantía, por eso cada emprendimiento será evaluado y aprobado, en principio por el grupo y luego por el equipo promotor.
- La evaluación de los proyectos se realizará en reuniones semanales antes del otorgamiento del crédito.
- Una vez recibidos los primeros prestamos, el grupo se integra al Centro (grupo de grupos) y se continúa con las reuniones semanales.
- La devolución es en 25 cuotas semanales (6 meses)
- En el primer crédito no se cobran intereses.
- Los préstamos son renovables.
- A partir del segundo crédito, el interés es del 6% anual sobre los saldos.
- Para determinar los montos de los créditos, se tiene en cuenta el cumplimiento de la palabra en el crédito anterior y el desarrollo del emprendimiento.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que a través del área que crea conveniente, gestione la implementación del programa “Banquito Popular de la Buena Fe” en el distrito de Coronel Pringles.
ARTÍCULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.152
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.906-C-16. Iniciado por Concejal de Entre Todos. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo, que provea a los Concejales, el Proyecto Ejecutivo, Presupuesto Detallado, con sus Itemizado, Unidad de Medidas, Precios unitarios, Incidencia de cada ítems y Sistema de Medida de Obra.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el tratamiento sobre tablas. Estamos votando, aprobado por unanimidad. Concejal Schubmann tiene la palabra”.
El Edil Schubmann manifestó: “Bueno. Gracias Señor Presidente. Este Proyecto de Resolución lo que intenta, nosotros en la última Sesión hubo una Ordenanza donde aprobamos digamos el convenio marco que hizo la municipalidad con la provincia de Buenos Aires para la obra del Boulevard 40. La verdad que es un anteproyecto yo lo estuve revisando. Tiene algunos errores, en el costo estimado por ejemplo, el convenio se hizo por 44 millones de pesos y en el itemizado de ocho ítems, movimiento de suelo, base, carpeta, ensanche del puente, iluminación, infrestructura de redes, obras complementarias y rotondas. Suman 46 millones de pesos, ahí hay un error de 2 millones de pesos. Por eso es que pedimos un proyecto ejecutivo, el proyecto ejecutivo es toda una documentación que es la hoja de ruta de una obra, el convenio marco dice que el saldo de obra se va a pagar por certificado, es muy difícil hacer un seguimiento de obra si no tenemos un proyecto ejecutivo donde no hay un cuadro de inversión, donde no hay una carta gantt. Entonces eso es lo que le estamos pidiendo al Ejecutivo.
En definitiva, para que lo entienda el vecino lo construido lo medido y lo certificado, tiene que ir en el mismo plano que lo pagado, porque si no ocurren lo que se denomina los sobrepagos de obra. Nosotros no queremos ponerlo en una zona de desconfianza, simplemente en una zona más sólida porque es un proyecto muy importante y creemos que bueno, el presupuesto por supuesto que puede variar por la inflación, por una ampliación se obra o por imprevistos, pero creo que es muy saludable para Coronel Pringles, que podamos tener ese proyecto ejecutivo y hacer un seguimiento de obra. Y también hacer una observación, el presupuesto detallado, en los tres ítems, el 71% del presupuesto va a lo que es el paquete estructural del pavimento, es decir el movimiento de suelo, la base y la carpeta. Yo quiero poner un ejemplo sobrevolando un poquito, por ejemplo el Boulevard 13 entre el 40 y la Avenida 25 de Mayo, que se hizo con un crédito de la Provincia, una obra que se hizo en la gestión de Carlos Oreste, eso se hizo con crédito, distinto Señor Presidente Usted entenderá esto es un subsidio, son dos cosas distintas. Han cambiado por suerte las condiciones, pero si nosotros observamos esa obra, el pavimento rígido tiene cincuenta años, podemos observar el pavimento que está en Avenida 25 de Mayo entre Colón y el Boulevard 1, una obra que tiene más cincuenta años y que no le hacemos el mantenimiento de junteo. Otro ejemplo sería el camino al cementerio allá el asfalto que va de calle Suarez para el hospital. Entonces nosotros lo que queremos saber, porque si hay un 71 de porcentaje para esa carpeta, esperemos que se haga bien. Y fíjense Ustedes en el Boulevard 13 entre calles 52 y 60, un pavimento de menor calidad, seguramente se habrá hecho porque no había presupuesto, pero nos pasamos haciendo bacheo. Por eso que la idea de este proyecto ejecutivo es que nosotros, el Concejo Deliberante tiene que, es un poder del Estado y tiene que tener elementos y documentos para poder controlar esta obra tan importante y necesaria para la infraestructura estructural de Coronel Pringles.
Vuelvo a repetir, no quiero ponerlo en una zona de desconfianza, simplemente lo quiero poner en una zona de enriquecimiento, de que nos vaya bien y que la obra se haga como corresponde, en los plazos que corresponde. No tenemos ese proyecto ejecutivo, y la verdad que tiene ese espíritu este Proyecto de Resolución Señor Presidente. Era eso nomas”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo señaló: “Concejal Matzkin tiene la palabra”.
El Edil Matzkin manifestó: “Me parece bien. A mí me quedó de la reunión del otro día cuando el Concejal Schubmann dijo no tener el proyecto ejecutivo es como caminar a ciegas, o una comparación por el estilo, así que me parece bien y lo vamos a acompañar. Mi intervención es a título informativo, los ingenieros estaban semana trabajando, sobre el Boulevard 40, los vi en varias oportunidades haciendo mediciones y cálculos. Así que era a título informativo para que los Concejales estén enterados de que los mismos ya están trabajando”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Concejal D’Annunzio tiene la palabra”.
El Edil Concejal D’Annunzio expresó: “Gracias Presidente. La ansiedad que tenemos los Concejales y las ganas de saber, también la tienen nuestros vecinos, porque nos preguntan cómo va a ser. En la primer reunión que tuvimos en la Comisión de Obras, ampliada, porque se quedaron muchos Concejales de otras comisiones, con el Arquitecto Pelegrinelli, la Ingeniera Orrio, el Ingeniero Sorrivas y el Ingeniero Libonatti, le planteamos algunas inquietudes o ideas que teníamos, por ejemplo, unanimidad de la comisión de que no veíamos un asfalto de 5 centímetros, en un lugar donde estando la playa de estacionamiento de camiones, va a ser un tránsito de estos vehículos pesados y sabemos que en verano y especialmente cuando no pasan por balanzas y cargan en los campos cercanos, superan los límites permitidos, el asfalto se ablanda 5 centímetros, queremos que dure lo máximo posible. Esa fue una de las objeciones o pedidos. También les planteamos qué tenían previsto como camino alternativo porque si bien no se va a hacer por etapas, y se habló de la calle 36, tenemos el inconveniente de un vado, también se planteó el tema del puente, sabemos que es un patrimonio, se iban a hacer las consultas de tratar de la ampliación del puente pero conservando el estilo de ese puente que es del año 40 y ha resistido tanto años, lógicamente adaptado a lo que eran las circunstancias de los vehículos de ese entonces. Y también la opinión sobre la idea de que las calles que desembocan en el 40, un pre-proyecto serían cerrarlas, a título de opinión, porque no somos los que definimos el proyecto, pero en ese sentido les hicimos saber que cerrar todas las calles que desembocan en el 40 y dejar únicamente el 1 y el 13, la idea es que no haya transito digamos vecinal, y que el 40 sea más que nada para el ingreso y egreso de los camiones a la playa o a la estación de servicio. Bueno, pero les hicimos conocer nuestra opinión.
Vamos a tener otro tipo de reuniones y en lo posible vamos a seguir informando a la población porque la verdad, como decía Presidente, está muy entusiasmada con esta obra y quiere saber los detalles y nosotros también. Muchas gracias Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Concejal Schubmann tiene la palabra”.
El Edil Schubmann expresó: “Yo quería agregar que los pavimentos tienen, uno los diseña con carga máxima, pero es muy importante la frecuencia, no es lo mismo que pase un camión por día a que pasen cien camiones, por ejemplo cuando entramos a Bahía, toda la parte que va ahí donde está el control policial, vemos que es todo hormigón y tiene un poco que ver con eso. Por eso que nosotros, vuelvo a repetir, yo estoy satisfecho en el sentido que está el Centro de Ingenieros de Coronel Pringles trabajando, porque me parece que son técnicos de aquí que tienen un sentido de pertenencia y se está trabajando seriamente. Yo a eso lo corroboré y es así, lo que pedimos es simplemente tener ese proyecto ejecutivo porque entendemos que las obras se hacen de una sola forma y como dice ese proyecto ejecutivo, por eso es que es muy saludable tener el proyecto ejecutivo antes que se comience la construcción. Muchas gracias Señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces la aprobación del Proyecto Nº 5.906. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobada la siguiente Resolución:
Expediente HCD. Nº 5.906-C-16.-
VISTO
El Convenio Marco entre el Ministerio Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Coronel Pringles, por el cual se otorga al Municipio de Coronel Pringles la suma de $ 44.262.968 en concepto de subsidio destinado a la ejecución de la obra REPAVIMENTACION DEL BOULEVARD N° 40 PRESBISTERO AMIRIN; y
CONSIDERANDO
Que es una Obra de Infraestructura Estructural nesesaria para el crecimiento de nuestra Ciudad y la Provincia;
Que es un proyecto de interés social que impacta en los indicadores de seguridad y calidad de vida de los ciudadanos;
Que la Obra Pública es la única forma en que el Estado puede cumplir sus fines para desarrollar infraestructura;
Que según Artículo 3° del Convenio Marco, el remanente de fondos se realizará por avance de obra según Proyecto presentado;
Que la solicitud de pago se efectuará con Certificados de Obra;
Que durante la ejecución de la obra deben tener correcta equivalencia entre lo Construido, Certificado y Cobrado;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, que provea a los Concejales, el Proyecto Ejecutivo, Presupuesto Detallado con sus Itemizados, Unidad de Medidas, Precios unitarios, Incidencia de cada items y Sistema de Medida de Obra.-
ARTÍCULO 2°: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.153.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.908-B-16. Iniciado por Bloque de Concejales del Partido Justicialista-Frente para la Victoria. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, proceda a señalizar, mediante la pintura del cordón, la prohibición de estacionamiento en las entidades bancarias y reparticiones oficiales, en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Art. 49º Inc. B apartado 4 de la Ley Nacional Nº 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el tratamiento sobre tablas, estamos votando, aprobado por unanimidad. Concejal Cejas tiene la palabra”.
El Edil Cejas manifestó: “Gracias Señor Presidente. Esto es teniendo algunas charlas que hemos tenido con algunos vecinos, que a veces están imposibilitados de acercarse hasta los bancos o hasta la puerta del banco. Ya sabemos que hay una ley de tránsito y seguridad que marca que hay una prohibición de estacionamiento frente a hospitales, escuelas, bancos. Hoy estamos notando que en los bancos o colegios, están poniendo conos, yo creo que hay un área de Transito que no está cumpliendo con su función como corresponde. Si ya hay una ley que está marcando que con solamente la pintada del cordón, con los colores que hoy vemos, negros y amarillos, con eso ya bastaría para que no se estacionen en la zona, hoy lo que faltaría solamente, lo que pedimos es que se repinte esa zona, para que el Área de Transito cumpla su función y con solamente eso alcanzaría. Gracias Señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces el Expediente Nº 5.908. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobada la siguiente Resolución:
Expediente HCD. Nº 5.908-B-16.-
VISTO
La reserva de estacionamiento que opera en horario comercial en Bancos y Entidades Estatales; y
CONSIDERANDO
Que en el Art. 49º Inc. B apartado 4 de la Ley Nacional Nº 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial se estipula la prohibición de estacionamiento frente a la puerta de “hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta 10 metros a cada lado de ellas, salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento”;
Que la misma norma impone a la autoridad competente la señalización de dicho espacio;
Que es sorprendente la colocación de conos delimitando los espacios de estacionamiento restringido en Entidades Bancarias, cuando bastaría simplemente la pintura, según indica la norma, del cordón de la vereda, y la correspondiente acción del área de Tránsito para el cumplimiento de las normas;
Que a simple vista, las señalizaciones de otras reparticiones (PAMI, ANSES, OFICINA DE EMPLEO, COMISARIA DE LA MUJER, ETC) están sumamente deterioradas;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del Area que corresponda, proceda a señalizar, mediante la pintura del cordón, la prohibición de estacionamiento en las entidades bancarias y reparticiones oficiales, en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Art. 49º Inc. B apartado 4 de la Ley Nacional Nº 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial.
ARTÍCULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.154
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.910-B-16. Iniciado por Bloque del Partido Justicialista. Proyecto de Resolución: Solicitar al Intendente la planificación y ejecución de la obra de cordón cuneta en el Barrio denominado “Autoconstrucción”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el tratamiento sobre tablas, estamos votando, aprobado por unanimidad. Concejal Queti tiene la palabra”.
El Edil Queti manifestó: “Gracias Señor Presidente. Es un Proyecto que lo presentamos ya años anteriores y no hemos tenido ninguna solución, ninguna respuesta, bah la gente del barrio más que nada, y bueno, queremos hacer el pedido. Sabemos que se está haciendo cordón ahora en Pringles, cordón cuneta, y que tengan en cuenta el barrio Autoconstrucción, denominado Autoconstrucción, que sin duda es el barrio más postergado y abandonado que tenemos en Pringles y que si uno va se da cuenta enseguida. Vos te pones en una esquina y se ve tiene un desnivel lo que es la calle con las veredas, y creo que todas las mañanas los vecinos de ahí se deben acordar de nosotros y del Municipio y de todo. Así que bueno, quería comprometer más que nada los Concejales de Compromiso Pringles que para la próxima obra de cordón cuneta lo tengan presente y podamos darle al barrio lo que merece. Nada más”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces el Expediente Nº 5.910. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobada la siguiente Resolución:
Expediente HCD. Nº 5.910-B-16.-
VISTO
La inexistencia de cordón cuneta en el barrio denominado “Autoconstrucción” sito en la Circunscripción XIII – Sección D, Manzana 337ª, 337b, 336ª y 337b, entre las calles 21 y 23 y calle San Martín (50) y Stegmann (49); y
CONSIDERANDO
Que los habitantes del barrio se merecen el mismo trato que todos los habitantes de Coronel Pringles;
Que los días de lluvia se hace imposible transitar por el barrio por la acumulación de agua y la falta de cordón cuneta;
Que la falta de obras de urbanización no permite a los vecinos construir sus veredas adecuadamente;
Que el Municipio posee disponibles del fondo de la Soja del año 2016 para realizar obras públicas una cifra cerca a los $ 4.000.000;
Que el problema de falta de cordón cuneta se suma el abandono de los espacios verdes y la limpieza del barrio;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Intendente la planificación y ejecución de la obra de cordón cuneta en el Barrio denominado “Autoconstrucción”.-
ARTÍCULO 2º: Solicitar al Intendente el mantenimiento de los espacios verdes y la limpieza del barrio.-
ARTÍCULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.155.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.912-B-16. Iniciado por Bloque del Partido Justicialista. Proyecto de Resolución: Solicitar al Sr. Intendente Municipal la planificación y ejecución de la obra de pavimentación de la Calle 5 entre Boulevard 40 y Calle 36.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el tratamiento sobre tablas. Estamos votando, aprobado por unanimidad. Concejal Queti tiene la palabra”.
El Edil Queti manifestó: “Gracias. Bueno, es un Proyecto que seguramente lo ideal sería que sean las diez cuadras, o sea ir de Colón hasta el balneario, retomar por 36 y volver por Italia, pero bueno, debido a la situación actual por ahí no se puede hacer pero confío de que el Municipio podrá negociar con la empresa de asfalto que está instalada en nuestro municipio, en nuestro pueblo, y poder lograr hacer estas cuatro cuadras de asfalto que son las que comunican el Boulevard 40 con el balneario, lo cual la verdad sería muy lindo que todos los pringlenses que vamos al balneario y que concurrimos, podamos ir sin llenarnos de tierra, sin romper el auto, sin correr riesgos con las bicicletas, con los autos, con las motos. Así que bueno, nada más”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo señaló: “Concejal Matzkin tiene la palabra”.
El Edil Matzkin manifestó: “En un todo de acuerdo. Por la gente que usa el balneario y además porque era una barriada que se está desarrollando y que por supuesto por el alto transito que tiene sobre todo en temporada de verano, el camino del balneario, la calidad de vida de los vecinos con tanta cantidad de tierra se complica. Así que por supuesto que lo vamos a acompañar y quería comentar que si bien es muy prematuro, se está conversando con quienes van a hacer el asfaltado para ver la posibilidad. Es muy prematuro y no quiero generar falsas expectativas, pero está dentro de las posibilidades. Así que lo vamos a acompañar, a ver si podemos terminar de convencer al Ejecutivo de que negocie con fuerza y fortaleza a ver si lo conseguimos. Gracias Señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces la aprobación del Expediente Nº 5.912, estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobada la siguiente Resolución:
Expediente HCD. Nº 5.912-B-16.-
VISTO
La aprobación de la Obra de Repavimentación del Boulevard 40; y
CONSIDERANDO
La gran concurrencia de pringlenses y turistas al Balneario Municipal;
Que el Municipio publicita el balneario desde la Oficina de Turismo como punto de visita y de recreación y esparcimiento;
Que las calles que unen el balneario con el Boulevard 40 son de tierra y no siempre se hallan en buen estado, ni regadas si quiera;
Que el Municipio tiene fondos disponibles del Fondo de la Soja del año 2016 para realizar obras públicas, una cifra cercana a los $ 4.000.000;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Señor Intendente Municipal, la planificación y ejecución de la obra de pavimentación de la calle 5 entre Boulevard 40 y calle 36.-
ARTÍCULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.156.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. PROYECTOS DE COMUNICACIÓN
. Expediente HCD. Nº 5.907-C-16. Iniciado por Concejales Municipales D’Annunzio-Zamburio. Proyecto de Comunicación: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe el estado actual de aplicación del Programa Urbano y Rural de Agua Potable (P.U.R.A.).-
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el tratamiento sobre tablas. Estamos votando, aprobado por unanimidad. Concejal D’Annunzio tiene la palabra”.
El Edil D’Annunzio manifestó: “Gracias Presidente. Lo que queremos con la Concejal Zamburio, firmantes de este Proyecto, es volver a hablar del tema del arsénico. Esta Ordenanza fue sancionada en el año 2010 y realmente no tenemos conocimiento si alguno de los puntos estipulados por la Ordenanzas se ha ido haciendo o se está haciendo. Esto fue presentado, vamos a recordar, por el entonces Concejal Eduardo De Vega, que ha sido un luchador por todo el tema del arsénico.
Presidente, sigue siendo el arsénico grado uno, o sea, una de las sustancias químicas con más poder de producir cáncer. Y sigue nuestro código alimentario creyendo que porque por ley los límites del arsénico la Argentina lo fija diez veces superior a lo que es recomendado por la Organización Mundial de la Salud, que es tolerable por el ser humano, para acomodar el valor del arsénico en la Argentina o en la mayoría de las ciudades, el código alimentario eleva, como si una persona no se fuera a enfermar por el arsénico porque el código alimentario dice que el límite en Argentina es ese. La realidad Presidente es que en lugares de nuestro Partido, Indio Rico es el mayor de ellos, tenemos niveles de arsénico más elevados de los que el cuerpo humano puede tolerar.
Entonces lo que pedimos es este Programa, que sufrió un veto del entonces Intendente Oreste en un artículo que era únicamente que se fijaba en ese momento 2010, $500.000,00 del Presupuesto. Estaba bien porque el Presupuesto estaba cerrado y no se podía modificar, pero el resto de la Ordenanza sigue totalmente en vigencia. Donde habla de exploración de nuevos pozos, habla de informes, de análisis, no sólo en Pringles e Indio Rico, sino también en la zona rural. Entonces lo que pretendemos con este Proyecto, volver a hablar de esta realidad. Pasaron muchos años del año 2010 y no sé si se ha hecho algo, por eso es el motivo de presentarlo. Gracias Presidente”:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces el Expediente Nº 5.907. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobada la siguiente Comunicación:
Expediente HCD. Nº 5.907-C-16.-
VISTO Y CONSIDERANDO
Que en Noviembre de 2.010 se sancionó la ordenanza 3.844 P.U.R.A.;
Que la misma establece normas para la determinación de Arsénico y la especiación del mismo en todas las fuentes de agua potable de consumo humano en el distrito de Coronel Pringles;
Que los niveles de Arsénico superaban en hasta 10 veces los valores admitidos como tolerables para la Organización Mundial de la Salud;
Que el efecto perjudicial para la salud humana es tal que la Agencia Internacional de investigación del CÁNCER lo ha clasificado como CARCINÓGENO del Grupo I (máxima calificación);
Que a pesar del tiempo transcurrido, no hay información al respecto;
Que el cumplimiento del programa P.U.R.A. fue una de las propuestas de campaña del actual Intendente;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe el estado actual de aplicación del Programa Urbano y Rural de Agua potable (P.U.R.A.).-
2º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe los resultados de los análisis de agua según lo normado en la Ordenanza 3.844 en su Artículo 4º.-
3º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe si se ha realizado lo dispuesto en el Artículo 5º de la Ordenanza 3.844, que se refiere a la exploración de nuevos pozos de suministro de agua para la red municipal de distribución.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 661.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.911-B-16. Iniciado por Bloque de Concejales del Partido Justicialista/FPV. Proyecto de Comunicación: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe en un plazo de 10 días hábiles y a través del área que corresponda, el detalle del destino de los fondos afectados y ya recibidos: “Fondo Solidario”, “Fondo para Infraestructura Municipal”, “Fondo Municipal para Fortalecimiento de la Seguridad y otros Servicios Asociados” y “Fondo Educativo”, desde el 01/01/16 hasta el día de la fecha.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el tratamiento sobre tablas, estamos votando, aprobado por unanimidad. Concejal Romano tiene la palabra”.
El Edil Romano manifestó: “Sí. Muchas gracias Señor Presidente. Simplemente para tratar de ser coherentes con la conducta que hemos estado realizando desde nuestro Bloque en los últimos años. Estos pedidos los hacíamos habitualmente al gobierno anterior y creo que queremos ser coherentes, también debemos controlar el uso de los Fondos Afectados al gobierno actual. No es por nada en especial, simplemente porque uno sabe que a través de la coparticipación todos los municipios de la Provincia de Buenos Aires van recibiendo fondos afectados que tienen destino específico. Si bien la ley los autoriza a tomar parte de esos fondos en caso de extrema necesidad, lo que queremos saber es si se están utilizando o no. Confiamos que lo van a responder, más que nada porque los fondos para obras y detrás de cada obra siempre hay gente, detrás del Fondo Educativo están las instituciones educativas están los docentes, están los alumnos, detrás del Fondo de Seguridad… si bien vemos que por ahí en una Respuesta a Comunicación ya parte ha sido respondido, simplemente para dar un poco más de, no digamos control, sino para dar un poco más de transparencia y ver cómo va marchando la ejecución de estas obras que deberían ser efectuadas con estos fondos. Nada más señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Bien. Votamos entonces el Expediente Nº 5.911 estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobada la siguiente Comunicación:
Expediente HCD. Nº 5.911-B-16.-
VISTO
Que por Decreto Presidencial 206/2009 se crea el FONDO FEDERAL SOLIDARIO con sumas provenientes en concepto de derechos de exportación de soja y que Ley Provincial 13976 la Provincia de Buenos Aires adhiere al antedicho Decreto;
La Ley de Presupuesto 14.807 de la Provincia de Buenos Aires para el ejercicio 2016 en sus Arts. 32, 33 y 34 se crean los fondos coparticipables “FONDO PARA INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL” y “FONDO MUNICIPAL DE FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD y OTROS SERVICIOS ASOCIADOS” a distribuirse en todos los municipios de acuerdo a los coeficientes establecidos en la Ley 10.559;
En el Artículo 63º de la Ley de Presupuesto 14.807 de la Provincia de Buenos Aires reglamenta las disposiciones del llamado “FONDO EDUCATIVO” para el Año 2016; y
CONSIDERANDO
Que al 31 de Julio de 2016 el Municipio de Coronel Pringles había recibido en concepto de FONDO FEDERAL SOLIDARIO la suma de $3.987.211 (tres millones novecientos ochenta y siete mil doscientos once pesos;
Que al 31 de Julio de 2016 el Municipio de Coronel Pringles había recibido en concepto de “FONDO PARA INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL” la suma de $6.306.440 (seis millones trescientos seis mil cuatrocientos cuarenta pesos);
Que al 31 de Julio de 2016 el Municipio de Coronel Pringles había recibido en concepto de “FONDO MUNICIPAL DE FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD y OTROS SERVICIOS ASOCIADOS” la suma de $4.459.554 (cuatro millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta y cuatro pesos);
Que al 31 de Julio de 2016 el Municipio de Coronel Pringles había recibido en concepto de “FONDO EDUCATIVO” la suma de $11.887.796 (once millones ochocientos ochenta y siete mil setecientos noventa y seis pesos), casi 400 mil pesos por semana…;
Que como Concejales estamos obligados a velar por el correcto destino de los fondos públicos provenientes del esfuerzo fiscal de toda la ciudadanía;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe en un plazo de diez días hábiles y a través del área que corresponda, el detalle del destino de los fondos afectados y ya recibidos: “FONDO SOLIDARIO”, “FONDO PARA INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL”, “FONDO MUNICIPAL PARA FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD y OTROS SERVICIOS ASOCIADOS” y “FONDO EDUCATIVO” desde el 01/01/2016 hasta el día de la fecha.
2º) Informe también los saldos disponibles de los fondos antedichos al 31 de Agosto de 2016.
REGISTRADA BAJO EL Nº 662
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. RESPUESTAS A RESOLUCIONES
. Nº 3.131: remitida por el Sr. Intendente Municipal, Carlos Berterret. Eleva respuesta elaborada por el Secretario Técnico de la Municipalidad, Arq. Diego Pelegrinelli. (Por la citada Resolución el H.C.D. Solicito al Departamento Ejecutivo mediante el Área que corresponda arbitre los medios necesarios, la correcta iluminación de la Avenida 25 de Mayo entre 14 y 19 realizando la poda cuidadosa del arbolado público).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió su pase a la Comisión de Obras Públicas. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Nº 3.137: remitida por el Sr. Intendente Municipal, Carlos Berterret. Eleva respuesta elaborada por el Secretario Técnico de la Municipalidad, Arq. Diego Pelegrinelli. (Por la citada Resolución el H.C.D. Elevo al Departamento Ejecutivo la petición de los vecinos para la construcción del cordón cuneta en la calle Carlos Gardel bis (59 bis) entre calle Brown y calle Suárez, para que pueda darle respuesta a los mismos).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Obras Públicas. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Nº 3.141: remitida por el Sr. Intendente Municipal, Carlos Berterret. Eleva respuesta elaborada por la Directora Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Dra. María Victoria Arias Mahiques (Por la citada Resolución el H.C.D. Solicitó al Departamento Ejecutivo que mediante el área que corresponda reanude las jornadas del eco canje mensuales).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Salud y Medio Ambiente. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. RESPUESTAS A COMUNICACIONES
. Nº 653: remitida por el Sr. Intendente Municipal, Carlos Berterret. Eleva respuesta elaborada por el Secretario Técnico de la Municipalidad, Arq. Diego Pelegrinelli. (Por la citada Comunicación el HCD. solicitó al Departamento Ejecutivo informe: montos invertidos y en qué etapa de ejecución se encuentran las obras planeadas con el dinero recibido producto del endeudamiento provincial destinado a obras públicas municipales).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Obras Públicas. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Nº 656: Remitida por el Sr. Intendente Municipal, Carlos Berterret. Eleva respuesta elaborada por el Secretario Técnico de la Municipalidad, Arq. Diego Pelegrinelli. (Por la citada Comunicación el HCD. solicitó al Solicitar al Departamento Ejecutivo elevar: a) Criterio de elegibilidad de cada obra. Presupuesto de cada obra, con la unidad de medida correspondiente; pavimento: m2, cordón cuneta metros lineales, cloacas metro lineal, con conexión en cada predio o terreno y habitacional).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Obras Públicas. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Nº 654: remitida por el Sr. Intendente Municipal, Carlos Berterret. Eleva respuesta elaborada por la Directora Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Dra. María Victoria Arias Mahiques (Por la citada Comunicación el H.C.D. solicitó al Departamento Ejecutivo indique mediante el área que corresponda los motivos por los cuáles no se dará cumplimiento a la presente ordenanza).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a Secretaría. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Nº 657: remitida por el Sr. Intendente Municipal, Carlos Berterret. Eleva respuesta elaborada por la Contadora Municipal, Sra. María Belén Nebbietti (Por la citada Comunicación el H.C.D. solicitó al Departamento Ejecutivo informe a través del área que corresponda si se ha realizado el Inventario General de Bienes, previsto en el Artículo VII del Acta de Transmisión de Gobierno del día 12/12/2015, en el plazo de diez (10) días hábiles, remitiendo asimismo copia íntegra y fiel del expediente Municipal Nro.0594/20169-00).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a la Comisión de Hacienda. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. DESPACHOS DE COMISIÓN
. Expediente HCD. Nº 5.823-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Proyecto de Ordenanza: Referido a la firma de Convenios con vecinos que ofrezcan pagar mejoras y no se encuentren comprendidos en un plan municipal al respecto. (O.P.y P.U.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces, despacho de comisión del Expediente Nº 5.823. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó sancionada la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº 5.823-D-16.-
VISTO
Que existen inquietudes de vecinos en relación a la posibilidad de autogestionarse mejoras, pero a quienes se les dificulta la organización, logística y financiamiento de las mismas, más la necesidad del Departamento Ejecutivo de satisfacer estas demandas y dar solución a dichos problemas; y
CONSIDERANDO
Que la participación de los vecinos en la “construcción de ciudad” genera un mayor sentimiento de pertenencia que el Estado debe promover y acompañar;
Que los montos muchas veces exceden la capacidad de ahorro individual de cada vecino, y por lo tanto necesita mayor plazo para el pago;
Que es potestad indelegable del Estado el control de calidad y de continuidad de las obras;
Que el municipio puede aportar, sin costo para los vecinos, la organización, logística, seguimiento, dirección y control, puesto que cuenta con los mecanismos para hacerlo;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a firmar convenios con los vecinos que ofrezcan pagar las mejoras y que no se encuentren comprendidos en un plan municipal al respecto, quienes podrán formar un consorcio de adhesión avalado por un mínimo del 80% de los vecinos involucrados en el proyecto, con un pago en cuotas que se comenzarán a abonar una vez firmado dicho convenio.
ARTÍCULO 2º: Para los casos en los que la cantidad de vecinos adheridos no llegase al 80%, el municipio no podrá incluir bajo esta Ordenanza a los solicitantes excepto que los que firman acepten el pago adicional para alcanzar el 80% del valor de la obra.
ARTÍCULO 3º: Se entiende como consorcio al grupo de vecinos que son alcanzados con el beneficio de una obra y por la cual están dispuestos a pagar en forma voluntaria.
ARTÍCULO 4º: La obra no podrá iniciarse hasta que el consorcio alcance el 60% del costo de la obra presupuestada.
ARTÍCULO 5º: Créase una partida afectada en el Cálculo de Recursos con el nombre “MEJORAS CON PAGO VOLUNTARIO”, y otra partida de gastos, en la Secretaría Técnica, Dirección de Servicios Públicos e Infraestructura, con el nombre “VECINOS AUTOGESTINADOS” para la administración de los fondos.
ARTÍCULO 6º: El Departamento Ejecutivo reglamentará la forma de pago y el modo de financiamiento, de acuerdo al tipo de obra y montos que la misma significa.
ARTÍCULO 7º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.290
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.876-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Proyecto de Ordenanza: Referente a la Creación del Registro Único de Prestadores de Servicio de Contenedores, Volquetes y Bolsones. (O.P. y P.U.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos despacho de comisión del Expediente Nº 5.876. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó sancionada la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº 5.876-D-16.-
VISTO
La necesidad de regular adecuadamente la prestación del servicio de contenedores en la ciudad; y
CONSIDERANDO
Que con motivo del incremento de las construcciones civiles así como de distintas obras municipales y de capitales privados, se originan desperdicios que son necesarios retirar y donde ya el acopio en el espacio público, ya sea en la calle o la vereda, no resulta conveniente ni seguro;
Que a pesar de la legislación vigente, un gran número de escombros y ramas producto de poda que se encuentran depositados en las calles de la ciudad, no cumplen con las normativas vigentes, estando peligrosamente mal ubicados o no contando con los debidos elementos de seguridad; la ausencia de elementos reflectantes adecuados, sobre todo en horas de la noche, los convierte en un riesgo para los vehículos y transeúntes que circulan por la ciudad;
Que es imprescindible entonces avanzar en mayores precauciones, incluyendo correcciones a la legislación vigente;
Que, en ese sentido, varios vecinos han realizado consultas por estar interesados en prestar un servicio de contenedores regulado y habilitado por el municipio;
Que es necesario establecer pautas claras respecto de la señalización y ubicación de los contenedores, puesto que el incumplimiento adecuado de lo establecido puede ser motivado por la mala interpretación de la normativa vigente;
Que la Ley de Tránsito Nº 24.449 y diversos Decretos y Resoluciones definen la rotulación reflectiva correspondiente de vehículos, debiendo cumplir con determinados grados de reflectividad, ser productos homologados y cumplir con las Normas IRAM correspondientes. Los contenedores colocados en la vía pública deben cumplir con precauciones idénticas o similares;
Que por todo lo expuesto, es necesario e imprescindible que el Municipio cuente con un marco normativo funcional, que le permita controlar y evitar la instalación de contenedores que no cumplan con los requisitos establecidos por Ordenanza, presentándose como elementos que atentan contra la integridad física de los ciudadanos;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Créase el Registro Único de Prestadores de Servicio de Contenedores, Volquetes y Bolsones, quedando expresamente prohibida la prestación del servicio regulado en la presente Ordenanza por personas no inscriptas.
ARTICULO 2º: A los efectos de la presente Ordenanza se entenderá como Servicio de Contenedores, Volquetes y Bolsones a la actividad por la cual la empresa prestataria pone a disposición de un particular, durante cierto tiempo, un recipiente de gran capacidad a fin de retirarlo posteriormente con el contenido que se haya depositado en él.
ARTICULO 3º: Toda persona física o jurídica que desee prestar el Servicio de Contenedores, Volquetes y Bolsones en la ciudad de Coronel Pringles, deberá inscribirse en el Registro creado por el Artículo 1º y cumplimentar los siguientes requisitos mínimos para obtener la habilitación municipal pertinente:
- Cumplimentar el formulario que a tal fin se entregue en Actividades Económicas, el que deberá contener: Nombre y Apellido, Tipo y Nº de Documento, Denominación o Razón Social del solicitante, Inscripción Fiscal e Impositiva, y toda otra información requerida.
- Constituir domicilio legal en la Planta Urbana de la ciudad de Coronel Pringles.
- Acreditar la propiedad del/los vehículo/s a afectar para la prestación del Servicio (Títulos de propiedad, Tarjeta verde a su nombre).
- Verificación Técnica Vehicular o revisación técnica obligatoria actualizada.
- Cumplir con todos los requisitos vehiculares que establece la Ley de Tránsito.
- Tener seguros contra terceros por daños ocasionados por el manejo de los contenedores.
- Disponer y acreditar la disponibilidad de un predio que le permita estacionar adecuadamente los contenedores, volquetes, bolsones y los vehículos utilizados para su transporte.
- Coordinar con la Dirección de Servicios Urbanos el lugar y manera donde serán depositados los residuos sólidos.
ARTICULO 4º: Responsabilizar en forma exclusiva y excluyente a la firma habilitada de todos los daños y perjuicios que la prestación del servicio pueda ocasionar en forma directa o indirecta a personas y/o bienes, aun cuando la causa del siniestro tuviera origen en la remoción o desplazamiento de los contenedores, volquetes y/o bolsones efectuada por terceras personas ajenas a la empresa.
ARTICULO 5º: La Autoridad de Aplicación será la Dirección de Servicios Urbanos, (o la que en el futuro pueda reemplazarla) y siendo responsable de establecer el destino final de los residuos retirados.
ARTICULO 6º: Dispónese que la habilitación para ejercer la prestación del Servicio tenga una vigencia anual, cuya renovación exija la actualización y/o vigencia de todas las coberturas y controles requeridos para su correcto funcionamiento; en caso de infracciones retiradas a las disposiciones vigentes, la Autoridad de Aplicación podrá suspender y/o cancelar la habilitación al prestador y dar de baja del registro respectivo.
ARTICULO 7º: Medidas y materiales: Los contenedores podrán ser de:
- Metal: con un máximo de 2 m. de ancho, 5 m. de largo y 1,08 m. de altura.
- Metal: con un ancho de 1 m. por 3 m. de largo y 0,60 m. de alto.
- Otro material ignífugo: deberán ser cuadrados de 1 m. por 1 m. por 1 m.
- Bolsones de arpillera o símil de hasta 2 m3 de capacidad.
ARTICULO 8º: Seguridad: Como medida de seguridad vial deberán estar pintados de color blanco y poseer en ambos laterales del parante superior (bordes sobresalientes) en ambos frentes y laterales del contenedor, un autoadhesivo reflexivo, producto homologado con un índice de reflectividad grado Diamante.
ARTICULO 9º: Habilitación e identificación: Los contenedores deberán estar habilitados e identificados; la identificación será instalada por la Empresa de acuerdo a los siguientes requisitos y/o cualquier otro que determine la Autoridad de Aplicación en la reglamentación de la presente.
- Nombre de la Empresa prestadora del Servicio.
- Teléfono con atención permanente.
- Número del contenedor otorgado por la Municipalidad.
Estos datos deberán aparecer en frentes y laterales, ser con caracteres claros y en un color que contraste con el del contenedor; en el caso de bolsones deberán estar impresos en cada uno.
ARTICULO 10º: Depósito: Los contenedores deberán guardarse según lo dispuesto en el Artículo 3º, inciso g), estando absolutamente prohibido su guarda en la vía pública.
ARTICULO 11º: Ubicación: Los contenedores indicados en el Artículo 7º, inciso a) se ubicarán sobre la calle en forma paralela al cordón de la vereda a una distancia de entre 20 y 30 cm para permitir la limpieza y el escurrimiento del agua; los previstos en el Artículo 7º, inciso b), c) y d) deberán ubicarse solo en las veredas paralelos al cordón dejando un espacio mínimo de 1 metro libre para el tránsito por la misma, ocupando únicamente el frente del vecino solicitante del servicio. En caso de ser necesaria la colocación de contenedores en sectores donde esté prohibido el estacionamiento vehicular, el usuario deberá gestionar previamente el permiso municipal.
ARTICULO 12º: Tiempo y Ocupación: El Plazo máximo permitido para depositar los volquetes y/o bolsones en la vía pública será de 5 días. Cuando la empresa prestataria no cumpla con el retiro de los contenedores y/o bolsones o por razones de seguridad que así lo impongan, la Municipalidad podrá retirar los mismos sin intimación previa con cargo al propietario de los gastos que se produjeran por tal motivo. No podrán utilizarse contenedores para la colocación de residuos orgánicos o perecederos. No existen restricciones respecto a días en los que los contenedores pueden encontrarse en la calle aunque en todos los casos se deberá respetar la cantidad de días que puede permanecer al servicio del solicitante, regulado en este mismo artículo.
ARTICULO 13º: Traslado: Dispónese que el traslado de los contenedores cargados se realice en forma cubierta para evitar la volatilización del polvillo o el desprendimiento de cualquier otro elemento de la carga. La empresa prestataria del servicio será responsable de la colocación, retiro y traslado del contenedor de acuerdo a las normas de tránsito vigentes y de la disposición final de los residuos. Al retirar el contenedor, el titular de la empresa deberá dejar en perfecto estado la superficie de la vía pública y completamente limpia, siendo de su cuenta el restablecimiento de la vía pública al estado anterior a la prestación.
ARTICULO 14º: Carga y descarga: El prestador deberá cumplir en las zonas delimitadas con los horarios de carga y descarga de mercadería. Al mismo tiempo, deberá solicitar permiso a la autoridad pertinente si para descarga o carga del contenedor fuera necesaria la interrupción de la calle.
ARTICULO 15º: Utilización: Los contenedores recibirán todos aquellos residuos domiciliarios no orgánicos, materiales de construcción, escombros, tierra y residuos provenientes de obras en construcción y/o demolición y/o refacción, ramas y hojas producto de poda y limpieza de patios y/o terrenos y basura en general que por su porte no pueda ser depositado en bolsas obstaculizando la libre circulación. No está permitido depositar material patogénico y/o elementos que entren en putrefacción o fermentación, ni materiales que transgredan las disposiciones vigentes en temas de salubridad. No se podrán verter materiales que contengan materias inflamables, explosivas, nocivas, contaminantes y/o peligrosas. El Representante Técnico de la Obra, el Director Técnico y/o Ejecutivo o el Propietario que solicitó el Servicio será responsable con la empresa prestataria de que el material depositado en ellos no exceda el nivel de la cara superior del contenedor y verificará que los procedimientos de carga del mismo no produzcan molestias ni riesgos a transeúntes y vehículos.
ARTICULO 16º: Disposición final: Los residuos retirados en los contenedores deberán ser tratados tal como se indica en Ordenanzas y Leyes respectivas, siendo responsabilidad de la empresa prestadora del servicio la correcta disposición final de los mismos. La empresa prestataria confeccionará por TRIPLICADO, numerado y consecutivo el manifiesto de transporte. El original quedará en poder de la empresa, el duplicado al generador y el triplicado al receptor en la disposición final. En caso que la empresa solicite la recepción del material en la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos del Municipio, deberá abonar el canon correspondiente, procediéndose con esta documentación a la liquidación del costo de disposición final de residuos según la ordenanza vigente.
ARTICULO 17º: Los prestadores del servicio de contenedores, volquetes y bolsones deberán pagar el derecho por ocupación de espacio público previsto en la Ordenanza Impositiva Municipal.
ARTICULO 18º: A los efectos de exigirse el cumplimiento de la presente Ordenanza, se fija un plazo de noventa (90) días a partir de la promulgación de la presente, para que el Departamento Ejecutivo invite públicamente a prestadores particulares para que se inscriban como Prestadores del Servicio de Contenedores, Volquetes y Bolsones.
ARTICULO 19º: Deróguese toda norma que se oponga a la presente.
ARTICULO 20º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.291
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.884-B-16. Iniciado por Bloque Frente para la Victoria-Partido Justicialista: Proyecto de Ordenanza: Desígnese vecina distinguida de Coronel Pringles para el Año 2016, por los motivos citados en el exordio de la presente, la Pringlense Sub-Comisaría María Orfelia Ponce, haciendo extensiva la distinción al personal de la Comisaría de Mujer, el Menor y la Familia. Y Expediente HCD. Nº 5.896-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Proyecto de Ordenanza: Que distingue como vecina distinguida a la Señora Zulema Adela Noris. (E.C.y D.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo señaló: “Concejal Pereyra tiene la palabra”.
La Edil Pereyra manifestó: “Sí, gracias Señor Presidente. En la Sesión anterior habíamos destacado los valores de la Subcomisaria. Y quería en esta oportunidad hacer un reconocimiento y destacar los valores de la Señora Zulema Noris de Tejerina, quien ha trabajado durante muchos años en el área de discapacidad y también ha estado apoyando los grupos de las personas cuando pierden un familiar y en ese momento necesitan tanto. La Señora Tejerina ha formado grupos como para poder apoyar esto. También quería decir que es una persona a quien le tengo mucho afecto, porque he trabajado muchísimo con ellas cuando fue Directora en 501 y yo estaba en el Consejo Escolar, después trabajamos juntas en el Centro de Día y también compartimos algo tan especial como fue el nacimiento de mi hijo. Así que es una persona a quien le tengo un gran afecto y una gran admiración. Y por esto es que les pido Señores Concejales que voten la nominación de las dos personas, ya que las dos tienen los suficientes valores como para ser destacadas el 24 de Septiembre en el aniversario de Pringles. Nada más Señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces el despacho de comisión del Expediente Nº 5.884-B-2016 y el Expediente Nº 5.896 que se sancionó la Ordenanza que leímos. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó sancionada la siguiente Ordenanza:
Expedientes HCD. Nºs.5.884-B-16 y 5.896-D-16.-
VISTO
La Ordenanza Nº 3.155 y sus modificatorias, que proponen distinguir a ciudadanos por sus méritos; y
CONSIDERANDO
Que es saludable que una comunidad premie con carácter general a sus hijos nativos o residentes como también así a sus visitantes;
Que la Subcomisaria María Ponce y la Señora Zulema Noris de Tejerina cumplen con los requisitos del Artículo 5º de la Ordenanza antes mencionada;
Que ambas desde sus diferentes actividades cumplen una función social destacada con intención altruista, interpretando cabalmente las diferentes necesidades de la sociedad pringlense;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Reconózcase VECINAS DISTINGUIDAS del Partido de Coronel Pringles, para el Año 2016, a las Señoras ZULEMA ADELA NORIS DNI 4.218.266 y MARIA ORFELIA PONCE DNI 26.547.905, exceptuándose por única vez la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 6º de la Ordenanza 3.155 (texto según Ordenanza Nº 3.970).
ARTICULO 2º: Comuníquese, cúmplase, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.292
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.886-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Proyecto de Ordenanza: Donación del inmueble donde se encuentra el Jardín Nº 908 de la Dirección General de Cultura y Educación. (Expte. Mcpal. Nº 000001718/2016-00 Letra C). (A.L.S.P. y G.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces despacho de comisión del Expediente Nº 5.886. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó sancionada la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº 5.886-D-16.-
VISTO
El Expediente Nº 1.718 del Año 2016, iniciado por el Consejo Escolar de Coronel Pringles; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo solicita la Regularización Dominial del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 94, Parcela 2 del Partido de Coronel Pringles, destinado al funcionamiento del Jardín de Infantes Nº 908 de este distrito, en trámite según Expediente Nº 5854-3977667/09 de la Dirección de Cultura y Educación;
Que a fs. 86 del citado Expediente provincial, el Departamento Técnico Notarial de la Dirección de Propiedades informa que según Ordenanza Nº 2.975/97 se autoriza al Departamento Ejecutivo a ceder el inmueble en cuestión, pero no cede efectivamente el mismo;
Que resulta necesario normalizar la situación expuesta, a fin de proceder a la regularización solicitada a nombre de la Dirección General de Cultura y Educación;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Deróguese en todos sus términos la Ordenanza Nº 2.975/97.
ARTICULO 2º: Procédase a la donación del inmueble ubicado en calles Héroes de Chancay (61) e Italia (3), identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “A”, Manzana 94, Parcela 2 del Partido de Coronel Pringles, donde se encuentra emplazado el Jardín de Infantes Nº 908 “Fermina Nicasia Pringles”, a la Dirección General de Cultural y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.293
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.888-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Proyecto de Ordenanza: Autorización para venta de inmueble a Marcelo O. Estrada. (Expte. Mcpal. Nº 000000921/2016-Letra E). (A.L.S.P.y G.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Estamos votando, despacho de comisión del Expediente Nº 5.888. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó sancionada la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº 5.888-D-16.-
VISTO
El Expediente Nº 0921 del Año 2016, iniciado por el Sr. ESTRADA, Marcelo Osvaldo; y
CONSIDERANDO
Que por el mismo inicia la tramitación pertinente a los efectos de solicitar la compra del terreno cedido oportunamente en carácter precario;
Que se ha enviado el detalle del mismo al Martillero Público Nacional César Alejandro Díaz con el propósito de requerir la tasación del lote, de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Que del informe socio económico realizado por la Licenciada en Servicio Social del Área de Catastro y Vivienda, se desprende la efectiva habitabilidad del inmueble;
Que no existe inconveniente alguno en acceder a lo pedido;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo para que desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, venda y transfiera en forma directa el dominio del bien inmueble de propiedad privada de esta Municipalidad de Coronel Pringles al Sr. Marcelo Osvaldo ESTRADA, DNI 18.104.331, en el marco de los términos de la Ordenanza Nº 3.170/00, ubicado en el ejido de esta ciudad e identificado como:
. CIRCUNSCRIPCION XIII – Sección “F” – Manzana 499 – Parcela 3- de 12,75 mts. de frente por 50,63 mts. de fondo, 645,54 mts. cuadrados de superficie.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.294
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.889-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Proyecto de Ordenanza: Suscripción Convenio Marco de Cooperación con el OPDS, gestión integral de residuos sólidos Urbanos. (Expte. Mcpal. Nº 000001843/2016-00 Letra A). (A.L.S.P.y G.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos entonces el despacho de comisión del Expediente Nº 5.889. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó sancionada la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº 5.889-D-16.-
VISTO
El Expediente Nº 1.843 del Año 2016, iniciado por la Directora de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Dra. María Victoria Arias Mahiques ; y
CONSIDERANDO
Que a fs. 2/6 obra el Convenio Marco de Cooperación entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y el Municipio de Coronel Pringles, Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos;
Que el objeto del presente Convenio es establecer entre el OPDS y el Municipio un amplio marco de colaboración por medio del cual adoptarán y arbitrarán las acciones dirigidas a mejorar la gestión integral de residuos sólidos urbanos en el territorio municipal;
Que las partes coinciden en la necesidad de realizar una tarea en conjunto que permita alcanzar una gestión de dichos residuos ambientalmente sustentable, técnica y económicamente factible, y socialmente aceptable;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Ratifíquese la suscripción del “Convenio Marco de Cooperación entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y el Municipio de Coronel Pringles, Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos” entre la MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES y el ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE de la Provincia de Buenos Aires, obrante a fs. 2/6 del Expediente Nº 1.843/16.
ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.295
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. Expediente HCD. Nº 5.892-D-16. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Proyecto de Ordenanza: Implementación y puesta en marcha del Plan Regulador del Arbolado Público de Coronel Pringles 2016-2020. (Expte. Mpcal. Nº 000001767/2016-Letra A). (S.P.A.S. y M.A.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Votamos el despacho de comisión del Expediente Nº 5.892. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó sancionada la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº 5.892-D-16.-
VISTO
El Expediente Nº 1.767 del Año 2016, iniciado por la Directora de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Dra. María Victoria Arias Mahiques; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo presenta el “PLAN REGULADOR DEL ARBOLADO URBANO CORONEL PRINGLES 2016-2020”, Ejes de Gestión del paisaje urbano pringlense por el período citado;
Que dicho Plan se realiza en el marco de la Ley Nº 12.276;
Que el arbolado público de nuestra ciudad presenta una marcada complejidad dada la diversidad de especies, tamaño y manejo del mismo;
Que uno de los reclamos más reiterados por los vecinos es el levantamiento de veredas provocado por los arboles existentes, la mayoría inapropiados para el arbolado de alineación en veredas angostas;
Que atento lo expuesto, resulta necesario planificar el desarrollo de las acciones de forestación urbana del Partido de Coronel Pringles, instalando esta cuestión como una temática urbana ambiental, conjuntamente con el objetivo de promoción de una mejor calidad de vida y como parte de las acciones de lucha frente al cambio climático;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a la implementación y puesta en marcha del “PLAN REGULADOR DEL ARBOLADO URBANO CORONEL PRINGLES 2016-2020”, en el marco de la Ley 12.276.
ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.296
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2016.-
. CORRESPONDENCIA RECIBIDA
. Fecha: 18-08-16
. Nº 2973: Nota elevada por el Gerente de ANSES-UDAI-CORONEL PRINGLES, Sr. Sebastián O. Buron Alfano: Informando al Cuerpo Legislativo que se visitara el Punto de Contacto Indio Rico los segundos miércoles de cada mes en la Delegación Municipal de Indio Rico.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo señaló: “Concejal Matzkin tiene la palabra”.
El Edil Matzkin manifestó: “Bueno. Como fue una Resolución de este Cuerpo, quiero agradecer al Gerente de ANSES UDAI Coronel Pringles, y comentar que cuando le pregunté cómo había sido la atención de la primera vez que fueron, me comentó que habían asistido a asesorarse e iniciar trámites aproximadamente cuarenta vecinos de Indio Rico. Así que realmente es un número muy importante y habla a las claras de la necesidad que había en la comunidad de la prestación de este servicio. Así que agradecerle a él y al Cuerpo de Concejales que aprobó esta Resolución. Gracias”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Bien. Bueno votamos el pase a Secretaría de la Correspondencia Nº 2.973. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Fecha: 22-08-16
. Nº 2974: Declaración Nº 73/16 del H. Concejo Deliberante de General Juan Madariaga: Manifiesta su repudio a las declaraciones realizadas por el Sr. Gustavo Cordera durante el encuentro con alumnos de la Escuela de Periodismo de TEA Arte, por no guardar el debido respeto a las mujeres de acuerdo al Artículo 75, inc. 23 de la Constitución Nacional y concordantes, en especial la Ley 26.485 de Protección Integral a la Mujer. (Solicita adhesión).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a Secretaría. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Fecha: 22-08-16
. Nº 2975: Nota elevada por Coordinador Distrital Política –Socio Educativa – Bs.As., Prof. Edgardo Cabanillas: Mediante la cual solicita se evalué la posibilidad de otorgarle el uso del Recinto de Sesiones del H. Cuerpo, para el día Lunes 5 de 2016, a partir de la hora 8.30, para el Programa de Exposición y debate “PARLAMENTO JUVENIL DEL MERCOSUR”.-
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a Secretaría. No sé si quieren que le demos lectura a la Nota. Votamos la autorización del uso del recinto entonces. Estamos votando, aprobado por unanimidad. Y votamos el pase a Secretaría. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Fecha: 23-08-16
. Nº 2.976: Resolución Nº 027 del H. Concejo Deliberante de Merlo: Expresar el beneplácito a la Gobernadora María Eugenia Vidal por impulsar y ejecutar esta medida social que permitirá que el universo de nuestros estudiantes no alcancen impedimento alguno a la hora de asistir a su respectivo establecimiento educativo.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a Secretaría. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Fecha: 25-08-16
. Nº 2.977: Nota elevada por Autoridades de la Asociación Rally de Coronel Pringles: Mediante la cual hace extensivo a todo el Honorable Concejo Deliberante la invitación para el XXXIX Rally Ciudad de Coronel Pringles a desarrollarse los días 08 y 09 de Octubre del corriente año. La rampa de largada será el sábado 08 a las 19.30 hs, y el Podio de entrega de premios el día domingo 09 a las 15.30 hs, ambas en la calle San Martín frente (Club de Pelota) de nuestra ciudad.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En cartelera está la Nota cualquier cosa. Votamos el pase a Secretaría de la invitación. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Fecha: 31-08-16
. Nº 2.978: Resolución Nº 54/16 del H. Concejo Deliberante de Luján: Ese H. Cuerpo resuelve expresar su beneplácito y apoyo al proyecto de Ley de “Paridad Electoral” que se tramita en la Cámara de Senadores de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires a través del Expediente E-46-16-17. (Invitar a adherir).
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a Secretaría. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Fecha: 31-08-16
. Nº 2.979: Resolución Nº 55/16 del H. Concejo Deliberante de Luján: Ese H. Cuerpo resuelve manifestar su más profundo desagrado y su más enérgico repudio frente a las declaraciones del Presidente de la Nación Mauricio Macri, donde afirmó que: “No tengo la menor idea si con exactitud eran 9.000 ó 30.000. Ese es un debate en el que no voy a entrar. No sé si son los que están anotados en un muro o mucho más. La guerra sucia fue una horrible tragedia, lo peor que nos pasó en nuestra historia y no pasa por un número”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se decidió el pase a Secretaría. Estamos votando, aprobado por unanimidad.
Sin más temas por tratar, notifico que el jueves que viene a las 18:00 horas va a ser la primer Sesión del Concejo Deliberante Estudiantil, así que están todos invitados. Lo vamos a recordar por mail por las dudas.
Sin más temas por tratar, damos por finalizada la Sesión. Y el arrío de la Bandera Bonaerense corresponde al Edil Cejas y la Bandera Nacional corresponde al Edil D’Annunzio.
Siendo las 20:45 damos por finalizada la Sesión. Muchas gracias”.