Expediente HCD. Nº 4.913-B-12.-
VISTO
La Ordenanza Nº 3.860/11 modificatoria de los Artículos 27º y 29º de la Ordenanza Nº 3.771/09 (Reglamento del Hospital Municipal) sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 23 de Marzo de 2011, la cual incorpora a los agentes de enfermería al Cuerpo de Profesionales del Hospital Municipal; y
CONSIDERANDO
Que la modificación de los Artículos 27º y 29º establece y define claramente lo referido a la liquidación de haberes del personal integrante del Cuerpo de Profesionales;
Que es necesario que la liquidación de haberes de los enfermeros se ajuste a lo normado por la Ordenanza Nº 3.860/11;
Que si bien se han realizado acuerdos entre el Departamento Ejecutivo y la Asociación de Profesionales y Técnicos de la Salud (APTS) del Hospital Municipal, tendientes a destrabar la situación de crisis y emergencia del Sector de Enfermería, la problemática es estructural, lo que hace necesario continuar aportando soluciones para resolver en forma definitiva dicha situación;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo cumpla con lo normado por la Ordenanza Nº 3.860/11, realizando la liquidación de haberes de los Enfermeros del Hospital Municipal ajustándola a la normativa vigente.
ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.815.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2012.