VISTO
Que por intermedio de la Secretaría de Bienestar Social de la Municipalidad se está llevando a cabo una operatoria con una Cooperativa Regional para la construcción de una Barrio de 120 Viviendas;
Que este Honorable Concejo Deliberante desconoce oficialmente los términos de la misma y los alcances en cuanto a responsabilidad que le cabe a la Municipalidad de Coronel Pringles; y
CONSIDERANDO
Que a efectos de poder dar respuesta a muchos vecinos que nos han interrogado al respecto y obviamente conocer oficialmente los términos de la operatoria mencionada;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE
MINUTA DE COMUNICACION
1º) Solicítase al Departamento Ejecutivo, eleve a este Cuerpo un detalle pormenorizado, referente a la construcción del Barrio conformado por 120 viviendas, adjuntando una copia del Convenio entre la Municipalidad y la Empresa o Cooperativa responsable de la construcción, como así también nos sea informado el estado actual de esta operatoria puntualizando la responsabilidad que le cabe en la misma a la Municipalidad.-
REGISTRADA BAJO EL No.174/93
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE 1993.-