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COMUNICACIÓN Nº 334

Expediente HCD.3402-B-06.-

VISTO

La inminente aplicaci¢n de la Ley de Prevenci¢n y Repre-

si¢n del juego de azar ilegal; y

CONSIDERANDO

Que en dicho texto normativo, no se prev‚ la situaci¢n en

especial en que se encuentran, entre otras: Cooperadoras Escola-

res, Instituciones Intermedias, Clubes, otras Instituciones —

Civiles sin fines de lucro, Bomberos Voluntarios, Cooperadoras

de Hospitales, O.N.G.’s, etc., que cumplen una funci¢n social –

de relevancia;

Que las Instituciones mencionadas en el apartado ante—

rior, suplen con estas actividades la ausencia manifiesta de –

un estado provincial aband¢nico, en lo que respecta al mante–

nimiento de las mismas;

Que ser¡a saludable, que en lugar del Instituto Provin–

cial de Loter¡as y Casinos, sean los municipios quienes autori-

cen la organizaci¢n de rifas, loter¡as, etc.; PARA ESTE TIPO DE

INSTITUCIONES; y siempre y cuando la organizaci¢n est‚ directa-

mente a cargo de ellas y no de terceros;

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN

EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SI—

GUIENTE

COMUNICACIÓN

—————

1o) Dirigirse a ambas C maras Legislativas y a la Gobernaci¢n de

la Provincia de Buenos Aires, a fin de que analicen la posi-

bilidad de incluir dentro del texto normativo sobre Preven–

ci¢n y Represi¢n del juego de azar ilegal, la situaci¢n de –

Cooperadoras Escolares, Instituciones Intermedias, Clubes, –

otras Instituciones sin fines de lucro, Bomberos Voluntarios,

Cooperadoras de Hospitales, O.N.G.’s, entre otras, para que

las mismas puedan seguir realizando rifas, loter¡as, etc.; –

previa autorizaci¢n de las Municipalidades.-

2o) Solicitar adhesi¢n a todos los Honorables Concejos Delibe—

 

rantes de la Provincia de Buenos Aires.-

REGISTRADA BAJO EL No.334/06.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE-

RANTE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2006.-

 

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