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COMUNICACIÓN Nº 374

Expediente HCD.No.3.684-B-07.-

VISTO

Que un fallo reciente de la Justicia en lo Correccional de

la Ciudad de Bah¡a Blanca absolvi¢ al acompa¤ante de un chofer

de colectivo a quien se lo encontr¢ con un estado de alcoholemia

positiva;

Que dicha resoluci¢n se ajust¢ a la actual normativa de —

tr nsito al no resultar “t¡pica” la conducta que se le reprocha-

ra, por cuanto el Decreto 40/07, actualmente aplicable, solo —

prev‚ el castigo para el conductor de veh¡culos destinados al —

transporte de pasajeros, de menores y de carga que se encuentre

con cualquier concentraci¢n de alcohol por litro de sangre, pero

no se tipifica ninguna infracci¢n respecto al sujeto que no est

conduciendo al momento de la constataci¢n por el inspector de —

tr nsito; y

CONSIDERANDO

Que la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires se encuen-

tra tratando la sanci¢n de un nuevo C¢digo de Tr nsito para nues-

tra Provincia;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN —

EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA ——-

SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

————-

1o) Solicitar a ambas C maras Legislativas de la Provincia de –

de Buenos Aires que para la sanci¢n del nuevo C¢digo de —

Tr nsito Provincial incluyan la prohibici¢n del consumo de

alcohol tanto para quienes conducen veh¡culos destinados al

transporte de pasajeros, de menores, y de carga, como para

los choferes que no conducen al momento de constatarse la –

alcoholemia, cuya funci¢n es la de reemplazar al conductor.-

REGISTRADA BAJO EL No.374/07.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERAN-

TE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE 2007.-

 

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