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COMUNICACIÓN Nº 429

Expediente HCD. Nº 4.399-B-2010.-

VISTO

La falta de respuesta a la Minuta de Comunicación del 6 de Abril de 2010 presentada por los Concejales Carlos Berterret, Pedro Daniel Fuhr y Lisandro matzkin, registrada bajo el Nº 421/10 solicitando al Departamento Ejecutivo los motivos por los cuales no cumple la Ley 11.757 y que otorgaba un plazo de diez (10) días hábiles para su respuesta; y

CONSIDERANDO

Que la Ley Provincial 11.757 (ESTATUTO PARA EL PERSONAL DE LAS MUNICIPALIDADES) dispone el régimen para el personal de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires;

Que en su Capítulo II define la Planta Temporaria, describiendo las modalidades de trabajo en las que pudiera encuadrarse (reemplazante, destajista, locación de servicios);

Que en su Artículo 98º se hace referencia a los derechos que tiene esos empleados exceptuando solamente al personal que se encuentra bajo contrato de locación de servicio, haciendo referencia a que se deben aplicar los Artículos 22º y 23º pertenecientes al Capítulo I Planta Permanente, reconociendo los mismos derechos en materia de compensaciones y subsidios (asignaciones familiares);

Que dentro de los derechos comprendidos en el Artículo 98º reconoce el derecho a:

.Percepción de retribución anual complementaria (Artículo 98º – Inciso I.c)

. Licencias por descanso anual (Artículo 98º – Inciso 5.a)

Que en la actualidad esos derechos no les son reconocidos a los empleados destajistas;

Que dicha situación ya fue puesta en conocimiento del Departamento Ejecutivo mediante Resolución del Honorable Concejo Deliberante de fecha 25 de Febrero de 2010 registrada bajo el Nº 2.562/10;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

1º) Solicitar al Departamento Ejecutivo informe en el plazo de cinco (5) días hábiles los motivos por los cuales no cumple con la Ley 11.757, Capitulo II, Artículo 98º y concordantes.

REGISTRADA BAJO EL Nº 429

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2010.-

 

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