Press "Enter" to skip to content

COMUNICACIÓN Nº 897

RESPUESTA ingresada en la Décima Sesión Ordinaria, celebrada el día 1 de agosto del 2024.

Expediente HCD. Nº 7.818-I-2024

VISTO

El Fondo Educativo disponible para el año en curso, cuya suma asciende a $681,9 millones y,

CONSIDERANDO

Que por Decreto Provincial N°292/2024 se establecen los montos por distritos de dicho fondo, como así también, en continuidad con lo dispuesto por las leyes de presupuesto provincial de los últimos años, establece para Coronel Pringles que el 40% del total de dicho fondo se utilizará para infraestructura escolar.

Que, como reza el decreto, la afectación de los recursos a infraestructura escolar deberá realizarse para la mejora de los servicios educativos existentes, con el siguiente orden de prioridad:

1. la habitabilidad de los establecimientos educativos de niveles obligatorios;

2. la ampliación de establecimientos de niveles obligatorios ya existentes;

3. la habitabilidad y/o ampliación en servicios educativos de niveles no obligatorios;

4. equipamiento mobiliario y educativo.

Que la Provincia de Bs. As. ha aprobado 3 actas solicitadas por el Departamento Ejecutivo, N°18, N°19 y N°20, que se detallan a continuación:

1. EP N°14, refacción y adecuación de la instalación cloacal del establecimiento incluyendo pozo absorbente y cámara séptica por un monto de $5.901.707,92.

2. Escuela Secundaria N°2, cuarta etapa, refacción y terminación del sector correspondiente a la casa habitación y el hall de acceso por un monto de $32.369.119,02

3. Polideportivo Balneario, cuarta etapa, ejecución de un cerramiento con mampostería en el área de juego, colocación de aberturas exteriores, revoques y contrapisos por un monto de $130.000.000,00

Que tenemos conocimiento que existe obras en las instituciones educativas prioritarias como por ejemplo la finalización de obras de la EP N°11, paneles solares de la EP N°10 y SUM de la EP N°14, cielorraso de la EP N°6, canaletas de la EP N°7, etc, que no sólo son absolutamente necesarias, sino que requieren pronta ejecución.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

1°) Solicitar al Departamento Ejecutivo, y por su intermedio al área correspondiente tenga a bien informar a este Honorable Cuerpo dentro del plazo de los 10 días hábiles lo siguiente:

  1. Explicar el criterio utilizado por el Departamento Ejecutivo, para solicitar las actas, mencionadas en el párrafo 3 de los considerandos de la presente, dándole prioridad el Polideportivo del Balneario Municipal, desestimando en dichas prioridades a las instituciones educativas que necesitan obras urgentes, enumeradas en el último párrafo de los considerandos.

REGISTRADA BAJO EL Nº 897

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 4 DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2024.

MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

Print Friendly, PDF & Email