Expediente HCD. Nº 7.866-B-2024
VISTO
Que incentivar el deporte en una comunidad contribuye al bienestar integral de sus miembros, fortaleciendo tanto la salud física y mental como las relaciones sociales y el desarrollo personal; y
CONSIDERANDO
Que el deporte previene comportamientos de riesgo ya que la participación en actividades deportivas puede alejar a los jóvenes de conductas nocivas como el consumo de drogas y el alcohol, la violencia y la delincuencia, al ofrecerles una alternativa saludable y positiva para ocupar su tiempo libre.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
- Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, informe a este Cuerpo en un plazo de 10 días hábiles lo siguiente:
- Si existen mecanismos independientes a las becas sancionadas por este Concejo para ayudar, asistir, contribuir en el deporte individual y colectivo de Pringlenses e Indiorricienses.
- En caso de respuesta afirmativa, explicar y detallar mecanismos utilizados y su respectiva fundamentación.
- Cualquier otro dato de interés y utilidad para la presente Comunicación.
REGISTRADA BAJO EL Nº 901
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 18 DÍAS DEL MES DE JULIO DE 2024.
MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO
SECRETARIO PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles