Expediente HCD. Nº 7.973-I-2024
VISTO
El único efector público de Salud de la vecina localidad de Indio Rico y en referencia a la importancia que posee para la misma como lo es la Sala María Rosa Desio y,
CONSIDERANDO
Que es fundamental que se pueda brindar a toda la comunidad de Indio Rico una atención de calidad, eficiente y gratuita.
Que la sala funciona, según la página oficial del Hospital Manuel B. Cabrera, las 24 hs.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
COMUNICACIÓN
1) Solicitar al Departamento Ejecutivo, y por su intermedio al área correspondiente tenga a bien informar a este Honorable Cuerpo dentro del plazo de los 10 días hábiles lo siguiente:
a. ¿Cómo se fraccionan los horarios de atención en la Sala María Rosa Desio? ¿Es 24 hs. de guardia o tiene los mismos horarios que las salas de Pringles y fuera de ese horario se considera guardia?
b. ¿Existe en la Sala María Rosa Desio, algún mecanismo por el cual el profesional de la salud que presta servicios pueda cobrar a la población sea por atención o por la elaboración de recetas?
c. Si la respuesta al inciso b es afirmativa, indicar que mecanismo y como funciona.
d. Cualquier información que pueda resultar relevante.
REGISTRADA BAJO EL Nº 921
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 7 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2024.
MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO
SECRETARIO PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles