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Ordenanza N° 1005

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Procédase a la confección e impresión del “Digesto de Ordenanzas de la Municipalidad de Coronel Pringles”.-

ARTICULO 2º: Autorizase al D.E. para que adopte las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, pudiendo para ello contratar servicios de personal ad-hoc. Se le autoriza asimismo, para fijar el número de ejemplares a imprimir, como así también el precio de cada uno de ellos.

ARTICULO 3°: El D.E. dispondrá si los ejemplares a imprimir o se harán con el mimeógrafo de la Municipalidad.

ARTICULO 4°: Acúerdase al D.E. la cantidad de ciento ochenta días para cumplir con esta Ordenanza.-

ARTICULO 5°: El gasto que se origine, de no ser posible cargarlo al presupuesto vigente, será previsto en el del año 1959.-

ARTICULO 6°: Comuníquese, etc.

REGISTRADA BAJO EL No.1.983.-

 DADA A LOS  NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE 1958.-

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