EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar el pago de un anticipo de Pesos argentinos UN MIL ($a 1.000,00) al Personal dependiente de esta Comuna, excepto al Contratado bajo el Régimen Provincial de la Ley 10. 029.-
ARTICULO 2º: El gasto total que represente la erogación mencionada en el artículo 1º será descontado de los sueldos a percibir el personal correspondiente al mes de Febrero de 1984.-
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.809.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 8 DÍAS DEL MES DE FEBRERO DE 1984.-