VISTO
La función que desempeñan los miembros del Consejo Escolar; y
CONSIDERANDO
Que en gran parte tienden a paliar el déficit de material didáctico y de vestimenta de los alumnos pertenecientes a los sectores más carenciados;
Que para tal fin deben contar con recursos adecuados que le permitan atender las necesidades más perentorias ante el hecho de brindar urgente solución a este problema en razón de hallarse iniciado el ciclo lectivo del presente año;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar al Consejo Escolar de Coronel P ringles, en carácter de subsidio, la suma de pesos argentinos VEINTE MIL ($a 20.000) que se destinará a la adquisición de útiles escolares, guardapolvos y calzado.-
ARTÍCULO 2º: El Consejo Escolar deberá rendir cuentas, con detalle de la inversión realizada por la suma acordada, que se le destina por el Artículo 1º.-
ARTÍCULO 3º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, se imputará a: Cuentas Especiales – HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE – SUBSIDIOS A OTORGAR.-
ARTÍCULO 4º: Derógase el Decreto Nº 19/84.-
ARTÍCULO 5º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.834,.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ Y OCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 1984.-