EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la COOPERATIVA AGRICOLA, GANADERA E INDUSTRIAL “SOMBRA DE TODO LTDA.” DE CABILDO, un convenio sujeto a las cláusulas establecidas por la Ordenanza Nº 1.850 y por las mismas tareas en ellas especificadas, por un monto de PESOS ARGENTINOS CUATROCIENTOS VEINTRES MIL QUINIENTOS ($a 423.500) para el período comprendido entre el 1º de Octubre y el 31 de Diciembre del corriente año.-
ARTICULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento del convenio que se suscribe, en base a la facultad otorgada por la presente, se imputará a Finalidad 4 – Infraestructura Vial 1-1-2-3 – Conservaciones y Reparaciones del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.877.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1984.-