EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Declárese al Hogar del Niño, responsable de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública que grava la parcela 2 de la Manzana 428 de la Sección “C” – Circunscripción XIII, y de la Tasa por Servicios Sanitarios que grava las Parcelas 1, 2 y 3 de la Manzana referida anteriormente, exento de la obligación de abonar los importes de los tributos mencionados, correspondientes al año 1984.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.880.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 1984.-