EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a formalizar con la Direcciòn Provincial de Hidráulica el Convenio que como anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza, apra llevar a cabo el Relevamiento Topográfico en el Arroyo Pillahuincó Chico – Secciòn Chacras – Partido de Coronel Pringles.-
ARTICULO 2º: Créase en Finalidad 3- Servicios Especial Urbanos la Partida 2-5-2-31 ESTUDIO HIDRAULICO PILLAHUINCO CHICO, con un crédito de PESOS ARGENTINOS CUATROCIENTOS MIL ($a 400.000).-
ARTICULO 3º: El monto necesario para dotar de crédito a la Partida creada por el artículo anterior, se tomará de finalidad 3 – Servicios Especiales Urbanos – 2-5-2-5 CANALIZACION ARROYO PILLAHUINCO GRANDE del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.890
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 1984.-
EL TEXTO DEL ANEXO I REFERIDO EN EL ARTICULO 1º SE ENCUENTRA EN VOLUMEN 2 DE ORDENANZAS, ADJUNTO A LA PRESENTE, EN BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-