VISTO
El Expediente HCD -298-D-86 iniciado por el Departamento Ejecutivo; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo el citado Departamento eleva a consideración del Cuerpo la petición formulada por la Srta. Julia Flores quien, por su situación particular –soltera, sin familiares a cargo- no puede acceder a la compra de una vivienda levantada en terreno municipal;
Que efectivamente la reglamentación municipal, (Ord.1792) determina que la concesión de uso de terrenos de propiedad municipal sólo se hará a personas solteras, viudas o divorciadas con menores a su cargo;
Que atento a las razones expuestas por la peticionante, la Comisión de Legislación, Interpretación y Reglamento recomendó al Cuerpo la aprobación de la solicitud en cuestión;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a conceder el usufructo de un terreno de propiedad municipal a la Srta. JULIA FLORES, LC.. Nº 5.319.135, así como su posterior venta ante la solicitud de la peticionante.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O. y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.972.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 1986.-