EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Prorróganse hasta el 30 de Septiembre de 1986 los vencimientos de las cuotas a vencer de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial establecidas en el Calendario Impositivo Anual, anteriores, a dicha fecha, para aquellos propietarios que manifiesten mediante Declaración Jurada, la ocupación permanente de sus predios por masas líquidas que superen el 20% de la extensión.-
ARTÍCULO 2º: Exímese a los propietarios mencionados en el Artículo anterior de las multas y recargos que le correspondieren por no haber abonado en término la última cuota del Ejercicio 1985 y las vencidas del Ejercicio 1986 de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial, tomándose como fecha de vencimiento para el pago de las mimas el 30 de Septiembre de 1986.-
ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios que estime pertinentes a los efectos de constatar la veracidad de las Declaraciones Juradas.-
ARTÍCUL 4º: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O. y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.977.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DE 1986.-