EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Dirección Provincial de Vialidad, Convenios por los cuales el Municipio se obliga a atender la reparación de caminos de la Red Secundaria perteneciente a la jurisdicción de ese Organismo, y éste a abonar los trabajos mediante certificados, de acuerdo a los valores que por km. establezca el mencionado Organismo Provincial.-
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.987.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE JUNIO 1986.-