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Ordenanza Nº 4.131

Expediente HCD. Nº 5.354-D-14.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorízase la suscripción del CONVENIO DE COOPERACION que como Anexo I forma parte integrante de la presente, a celebrar entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representado el acto por el Rector Doctor Guillermo CRAPISTE y el Intendente Municipal, Prof. Carlos Ulises ORESTE, respectivamente, y que tiene por objeto el otorgamiento por parte de la Universidad de cinco (5) plazas en las Residencias Estudiantiles de su propiedad, a alumnos regulares o que ingresan a la misma provenientes del Municipio de Coronel Pringles, Provincia de Buenos Aires, a partir del 1 de Marzo de 2014 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2014, abonando la Municipalidad la suma de Pesos Cuatro Mil ($ 4.000) por cada plaza, haciendo un total de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).-

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.131.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2014.-

 

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