Expediente HCD. Nº 5.370-B-14.-
VISTO
La necesidad de establecer mecanismos que den mayor transparencia a la gestión municipal; y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Nacional establece la forma Republicana de Gobierno a nivel Nacional, Provincial y Municipal;
Que uno de los pilares del Sistema Republicano es el acceso a la información pública;
Que la ciudadanía tiene derecho a conocer cuál es la remuneración que perciben sus representantes;
Que es fundamental dotar de mayor transparencia a la gestión municipal;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: El Departamento Ejecutivo deberá publicar en forma trimestral la siguiente información:
1- La remuneración, gastos de representación y viáticos que percibe el Intendente.-
2- La remuneración que percibe toda la Planta Política Municipal, hasta el cargo de Director inclusive.-
3- La remuneración que perciben los Concejales en concepto de Dieta y el Secretario del Concejo Deliberante.-
ARTICULO 2º: Los viáticos del Intendente deberán ser publicados en forma detallada, informando el monto de los mismos y en qué se gastaron.-
ARTICULO 3º: La publicación de la información que establece el Artículo 1º y el Artículo 2º de la presente Ordenanza, deberá ser publicada en forma trimestral en la página web del municipios y en los medios gráficos locales.-
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.160.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2014.-