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Ordenanza Nº 4.222

Expediente HCD. Nº 5.679-D-15.-

 

VISTO

El Expediente N° 7.458 del año 2011, iniciado por el Sr. AGOPIAN Carlos Arturo; y

CONSIDERANDO

Que por el mismo inicia la tramitación pertinente a los efectos de solicitar la compra del terreno cedido oportunamente en carácter precario, al Señor Carlos Arturo Agopián y Señora Alejandra Irina Squaglia mediante Resolución N° 49/04;

Que se ha enviado el detalle del mismo al Centro de Corredores y Martilleros Públicos, con el propósito de requerir la tasación del lote, de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;

Que del informe socio económico realizado por asistentes de la Sub Secretaría de Desarrollo Social, se desprende la efectiva habitabilidad del inmueble;

Que no existe inconveniente alguno en acceder a lo pedido;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para que desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, venda y transfiera a los Señores AGOPIAN Carlos Arturo, D.N.I. 23.871.864 y SQUAGLIA Alejandra Irina, D.N.I. 24.785.047, en forma directa el dominio del bien inmueble de propiedad privada de esta Municipalidad de Coronel Pringles, en el marco de los términos de la Ordenanza N° 3.170/00, ubicado en el ejido de esta ciudad e identificado catastralmente como:

CIRCUNSCRIPCION XIII

Sección “B” – Manzana 160 – Parcela 19– de 13,10 mts. de frente por 37,90 mts. de fondo, 496,49 mts. cuadrados de superficie.-

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.222.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2015.-

 

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