DEROGADA POR ORDENANZA Nº 4.520.-
Expediente HCD. Nº 5.628-T-15.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 10 de la Ordenanza Nº 3.911 de fecha 16 de noviembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Los camiones podrán circular en las zonas restringidas, en los mes de octubre a marzo inclusive, de 06:00 a 10:00 horas y de 15:00 a 18:30 horas. En los meses de abril a septiembre, de 06:00 a 10:30 horas y de 15:00 a 18:00 horas, en el radio determinado por las calles Belgrano (48) a Pellegrini (51), y Sáenz Peña (10) a Alem (6) todas inclusive; y en el horario de 06:00 a 11:00, y de 15:00 a 19:30 horas, desde las arterias anteriormente mencionadas, hacia Avenida Frondizi (1) y Avenida José García de la Calle (13), y Gioffredo Flesia (43) y Dardo Rocha (56).-
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.229.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 5 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2015.-