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Ordenanza Nº 4.261

PROMULGADA POR DECRETO 0412/16.-

Expediente HCD. Nº 5.778-D-16.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase la suscripción del CONVENIO DE COOPERACION que como Anexo I forma parte integrante de la presente, a celebrar entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representado el acto por el Rector, Doctor Mario Ricardo SABBATINI y el Intendente Municipal, Sr. Carlos Aníbal BERTERRET, respectivamente, y que tiene por objeto el otorgamiento por parte de la Universidad de cinco (5) plazas en las Residencias Estudiantiles de su propiedad, a alumnos regulares o que ingresan a la misma provenientes del Municipio de Coronel Pringles, Provincia de Buenos Aires, a partir del 1º de Marzo de 2016 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2016, abonando la Municipalidad la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000,00) por cada plaza, haciendo un total de PESOS TREINTA MIL ($30.000,00).-

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.261.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 5 DIAS DEL MES DE MAYO DE 2016.-

 

 

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