PROMULGADA POR DECRETO Nº 0544/17.-
Expediente HCD. Nº 6.100-D-17
VISTO
El “Convenio de Cooperación” entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Coronel Pringles; y
CONSIDERANDO
Que el presente Convenio de Cooperación tiene por objeto subvencionar, en el marco del Programa “Hogar de Ancianos”, la atención gratuita de cuatro (4) personas mayores de ambos sexos, de 60 años en adelante, que se encuentren en situación de riesgo y que necesiten de este aporte para satisfacer sus necesidades básicas;
Que la subvención mensual por cada persona mayor será de $4.000,00, monto que permanecerá invariable hasta que el Ministerio de Desarrollo Social disponga su modificación;
Que dicho Convenio tendrá una duración de doce meses, prorrogable por igual período por decisión unilateral del Ministerio;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorícese la suscripción del Convenio de Cooperación para la subvención de la atención gratuita de cuatro (4) personas mayores de ambos sexos, de 60 años en adelante, que se encuentren en situación de riesgo y que necesiten de este aporte para satisfacer sus necesidades básicas, en el marco del Programa “Hogar de Ancianos”, entre el Ministerio de DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado por el Ministro Don Santiago López Medrano, y la MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES (Hogar de Ancianos El Remanso), representada por el Intendente Municipal Lic. Carlos Aníbal Berterret, siendo el monto de la subvención mensual por cada persona mayor de $4.000,00, y cuyo plazo de ejecución será de 12 meses a partir del 1 de enero de 2017, pudiendo ser éste ampliado por igual período por decisión unilateral del Ministerio.
ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº4.361
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 20 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2017.-