PROMULGADA POR DECRETO Nº 0978/17.-
Expediente HCD. Nº 6.168-D-17
VISTO
El Expediente N° 1.161 del año 2017 iniciado por ALETTO Pedro y PEREZ María Inés; y
CONSIDERANDO
Que por el mismo inicia la tramitación pertinente a los efectos de solicitar la compra del inmueble cedido en usufructo precario mediante Resolución N° 063/05;
Que a fs. 11, 12 y 13 luce informe social que corrobora que se da cumplimiento con lo establecido por el Artículo 2° de la Ordenanza N° 3.170/00;
Que se ha requerido al Centro de Corredores y Martilleros Públicos la tasación del lote, de acuerdo a lo que determina la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Que no existe inconveniente alguno en acceder a lo pedido;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo para que desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, venda y transfiera en forma directa a los Señores ALETTO Pedro Héctor, D.N.I. 14.696.129, y PEREZ María Inés, D.N.I. 16.604.558, el dominio del bien inmueble de propiedad privada de esta Municipalidad de Coronel Pringles, en el marco de los términos de la Ordenanza N° 3.170/00, ubicado en el ejido de esta ciudad e identificado como: CIRCUNSCRIPCION XIII – Sección “A” – Manzana 68 – Parcela 6 – de 12,85 mts. de frente por 50,00 mts. de fondo, 642,50 m2 de superficie, Partida N° 3102/13, ubicado en Alem N° 1285 de Coronel Pringles.
ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.395
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 20 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2017.