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Ordenanza Nº 4.423

Expediente HCD. Nº 6.271-D-17

VISTO

El Convenio de Colaboración y Adhesión para la implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires “SAME PROVINCIA”; y

CONSIDERANDO

Que se acuerda la celebración del presente Convenio con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;

Que el objeto del mismo es el desarrollo de acciones tendientes a implementar en el Municipio de Coronel Pringles el Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires “SAME PROVINCIA”;

Que el Ministerio entrega a la Municipalidad, a título gratuito, la propiedad de una ambulancia de alta complejidad totalmente equipada, diecinueve conjuntos de campera y chalecos, treinta y tres conjuntos de pantalones y chombas, que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, destinados a la puesta en funcionamiento del SAME PROVINCIA en nuestra ciudad;

Que la Municipalidad deberá contratar y seleccionar el personal necesario para la plena ejecución del SAME PROVINCIA en jurisdicción de su municipio, de conformidad con el perfil de recursos humanos establecido en el Manual de Procedimiento (Anexo II), afrontando los costos de las remuneraciones y los derivados de la seguridad social correspondientes;

Que el Ministerio transferirá a la Municipalidad un total de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL en tres etapas, debiendo el Municipio realizar reportes mensuales que den cuenta de la ejecución del SAME PROVINCIA, y una rendición de cuentas trimestral respecto de los bienes y destino de los fondos transferidos;

Que el presente Convenio tendrá plena vigencia a partir de su ratificación por parte de las autoridades competentes, pudiendo rescindirse por cualquiera de las partes, previo aviso y con una antelación de noventa días;

Que a los efectos de asegurar el correcto desenvolvimiento del mismo y de las actividades involucradas en él, se designan como Coordinadores a la Dirección de Manejo de Emergencias Sanitarias y Catástrofes por el Ministerio, y al Dr. Esteban Berruet, Secretario de Salud, por el Municipio de Coronel Pringles;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenio de Colaboración y Adhesión para la implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires “SAME PROVINCIA” entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado por el Ministro de Salud Dr. Andrés SCARSI, y la MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representada por su Intendente Sr. Carlos Aníbal BERTERRET, cuyo objeto es el desarrollo de acciones tendientes a implementar en el Municipio de Coronel Pringles el Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires “SAME PROVINCIA”, de acuerdo a lo expuesto en el exordio de la presente, el cual tendrá plena vigencia a partir de su ratificación por parte de las autoridades competentes, pudiendo rescindirse por cualquiera de las partes, previo aviso y con una antelación de noventa días.

ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, publíquese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.423

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 19 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2017.-

 

 

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