Expediente HCD. Nº 6.240-D-17
VISTO
El Expediente Nº 3.012/16 y la Ordenanza 3.694 sancionada con fecha 21 de Agosto de 2.008, destinada a la conformación de un Espacio Verde en el marco del Programa Compartir; y
CONSIDERANDO
Que el Proyecto sufre modificaciones y se debe rectificar lo dispuesto en esta norma;
Que se debe dar cumplimiento a lo normado en el Artículo 56º del Decreto Ley N° 8.912 del Año 1977 de Ordenamiento Territorial, en lo referente a la afectación de tierras con destino a espacios verdes y reserva para equipamiento comunitario en casos de ampliación urbana;
Que la normativa provincial establece que en la conformación de nuevos loteos se debe destinar superficies de manera proporcional a la densidad poblacional, para los destinos ya especificados;
Que conforme lo proyectado en la actualidad, se unificarían en un sector dentro de la zona de influencia, los lotes destinados a los fines previstos por el DL 8912, para tres macizos destinados a conjuntos habitacionales de interés social (Manzana 437, Manzana 461 y Manzana 484);
Que en todos los casos se trata de viviendas sociales compuestas por dos dormitorios, con lo que se estima una ocupación de 4 habitantes por cada una de ellas;
Que conforme el cómputo de potenciales habitantes, la superficie a ceder sería cumplimentada por el macizo comprendido entre las calles Alvear (45), Rauch (17), futura calle (45 bis) y Bahía Blanca (18);
Que como Anexo I se ilustra la situación del entorno;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Deróguese la Ordenanza 3.694 del 2.008.
ARTICULO 2º: Destínese de la Manzana 437, los lotes 3 y 4 como Espacio Verde y Reserva para Equipamiento Comunitario, conformando una superficie de 4.232 metros cuadrados, para los siguientes conjuntos de viviendas de Interés Social:
40 viviendas: Circunscripción XIII, Sección E, Manzana 461, Lotes 1, 2, 3 y 4.
40 viviendas: Circunscripción XIII, Sección F, Manzana 484, Lotes 1, 2, 3 y 4.
20 viviendas: Circunscripción XIII, Sección E, Manzana 437, Lotes 1 y 2.
ARTICULO 3º: Se destinará para Espacio Verde un lote de 3.391 metros cuadrados, mientras que el lote que se destinará a Espacio Comunitario quedará conformado por una superficie de 841 metros cuadrados, de acuerdo al Anexo II que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.430
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 02 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2017.-