Expediente HCD. Nº 7.948-I-2024.
VISTO
El programa (Becas De Apoyo Para Formación Superior)
CONSIDERANDO
Que El Programa de Becas de Apoyo, a lo largo de los años ha sido de gran ayuda para que nuestros jóvenes puedan solventar los gastos, que les conlleva el poder formarse profesionalmente, a través de una carrera terciaria o universitaria.
Que la incorporación de los estudiantes residentes en el CEPAC garantiza igualdad de oportunidades;
Que este municipio valoriza el esfuerzo que realizan las familias para que sus hijos tengan un futuro mejor, es por ello que proponemos un acompañamiento directo a los estudiantes con el fin de que cumplan con el aporte correspondiente de gastos en la sede de CEPAC,
Por ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Modificase el Artículo 3° de la ordenanza 4609/19 el cual quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 3º:
1. A) Ser alumnos provenientes de hogares cuyos ingresos económicos familiares no superen la sumatoria de tres jubilaciones mínimas nacionales.
B) Ser alumnos residentes del Centro de Estudiantes Pringlenses, Asociación Civil (C.E.P.A.C.) cumpliendo los requisitos de la presente ordenanza.
2. Contar con domicilio legal en el Distrito de Coronel Pringles, con una antigüedad mínima de tres años.
3. Ser alumno ingresante o avanzado de una carrera superior.
4. En caso de que los ingresantes hayan optado por una carrera de dictado local no podrán acceder a la beca si deciden cursarla en otro destino.
5. En caso de que los ingresantes hayan optado por una carrera de dictado con modalidad virtual, podrán acceder a la beca, quienes hayan optado por carreras que se encuentren convenidas con el Municipio y por intermedio del Centro de Estudios Universitarios o Instituciones Educativas Publicas de nivel superior.
6. En caso de detectar incumplimiento con lo declarado, automáticamente caducará el beneficio otorgado por este Municipio. –
ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL N° 5.011
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 3 DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2024.-
MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO
SECRETARIO PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles