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ORDENANZA Nº 5.032

Expediente HCD. Nº 8.022-D-2024

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Estímese en la suma de PESOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE, CON TREINTA CENTAVOS ($22.389.577.949,30) el Cálculo de Recursos para la financiación del Presupuesto de Gastos, para el Ejercicio 2025, y apruébese el detalle que se adjunta, Formulario 2, de hoja 1 a 2.

ARTICULO 2°: Fíjese en la suma de PESOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE, CON TREINTA CENTAVOS ($22.389.577.949,30) el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2025, y apruébese el detalle adjunto, Formulario 12, de hoja 1 a 8.

ARTICULO 3°: Adjúntese la siguiente documentación:

• Política Presupuestaria de la Jurisdicción o Entidad (Formulario 1) de hoja 1 a 8.

• Estructura Programática de la Jurisdicción o Entidad (Formulario 3) de hoja 1 a 11.

• Descripción del Programa (Formulario 4) de hoja 1 a 31.

• Cuadro de Metas (Formulario 5) de hoja 1 a 23.

• Programación Anual de Compras de Bienes y Contrataciones de Servicios (Formulario 7) de hoja 1 a 56.

• Cuadro de Recursos Humanos por Categoría Programática (Formulario 6) de hoja 1 a 38.

• Cuadro de Recursos Humanos por Categoría Programática y Cargo, de hoja 1 a 20.

• Programación Física de los Proyectos de Inversión, sus Obras y Actividades (Formulario 8) de hoja 1 a 2.

• Programación Financiera de los Proyectos de Inversión, sus Obras y Actividades (Formulario 9) de hoja 1 a 2.

• Gestión y Administración de la Deuda Pública (Formulario 10) de hoja 1 a 6.

• Programación de Transferencias, Incremento de Activos Financieros, Gastos Figurativos y Otros Gastos (Formulario 11) de hoja 1 a 13.

ARTICULO 4°: Los saldos que arrojen al cierre de cada Ejercicio las cuentas de recursos con afectación, serán transferidos al Ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo, ampliando correlativamente el Presupuesto de Gastos, reforzando los Créditos de Cuentas existentes e incorporando conceptos no previstos. En ambos casos se respetará el destino al que pueden ser aplicados.

ARTICULO 5°: De acuerdo a lo establecido en el Artículo 119° y concordando con el Artículo 121° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, facultase al Departamento Ejecutivo a realizar creaciones de Partidas y Transferencias de Crédito entre las distintas Partidas del Presupuesto de Gastos.

ARTICULO 6°: Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar las ampliaciones presupuestarias necesarias por mayor recaudación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 120 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTICULO 7°: Fijase en 895 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO) los cargos de la Planta Permanente de Personal.

ARTICULO 8°: Fíjese la compensación de Gastos de representación, sin cargo de rendición de cuentas, del Sr. Intendente Municipal, en un importe hasta el 25%, de su remuneración básica y sueldo anual complementario. El sueldo del Intendente será el equivalente a 12 (DOCE) sueldos mínimos correspondiente a la categoría Ingresante de 40 horas semanales, según lo establece el Art. 125 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTICULO 9°: El Poder Ejecutivo Municipal tendrá la facultad de considerar de libre disponibilidad los saldos de Fondos con Afectación específica de Origen Municipal, que al cierre del ejercicio 2024, hubieran quedado sin aplicación durante el ejercicio.

ARTICULO 10°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 5.032

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 26 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2024.-

MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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