ORDENANZA Nº 1.787.- (POR ORDENANZA 1.788/84 SE MODIFICO EL ARTICULO 3º )
AUTORIZACION AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A PERCIBIR, DE ACUERDO CON LAS MODALIDADES ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE ORDENANZA, LAS DEUDAS ATRASADAS CORRESONDIENTES A
TASAS POR SERVICIOS, CONTRIBUCION DE MEJORAS, GRAVAMENES, ETC., QUE SE ENCONTRASEN IMPAGOS AL 30 DE NOVIEMBRE DE 1983.-
SANCIONADA CON FECHA 20/12/1983.-
EL TEXTO DE LA REFERIDA NORMA SE HALLA EN VOLUMEN 1 DE ORDENANZAS, EN BIBLIOTECA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.-