Expediente HCD. Nº 2.894-A-04.-
VISTO
La reciente inauguración del Jardín de Infantes Nº 908; y
CONSIDERANDO
Que el referido establecimiento educativo no posee el servicio de gas natural;
Que la red pasa a tan sólo 50 metros del edificio;
Que conforme surge de la nota presentada por el Consejo Escolar, cuya copia se anexa a esta Resolución, la Empresa Camuzzi Gas Pampeana S.A., no efectuará más tendidos de red;
Que de ser así, el establecimiento deberá abastecerse con un zepelín, lo que implica una erogación transitoria que no condice con la magnitud de la obra;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitar a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, efectúe las gestiones pertinentes para la concreción del tendido de la red de gas natural hasta el Jardín de Infantes Nº 908 de Coronel Pringles.-
ARTICULO 2º: Remitir copia de esta Resolución al Consejo Escolar local.-
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 1.764/04.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE ABRIL DE 2004.-