Expediente HCD. Nº 4.409-B-10.-
VISTO
El Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito implementado en numerosas Localidades; y
CONSIDERANDO
Que es un sistema de interrelación de datos de infracciones de tránsito cometidas en cada Municipio, que da la posibilidad de saber que éstas ya no quedan exentas del cobro;
Que de este modo los infractores afrontarán el pago de las multas, eliminado la impunidad, porque cuando el bolsillo duela se pensará dos veces antes de cometer una infracción;
Que es un sistema de gestión interactivo entre los Municipios y los Registros del Automotor dependientes de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor;
Que ante cualquier trámite del automotor, los Registros están obligados a consultar la base de datos;
Que esta consulta hace una búsqueda por todas las Municipalidades adheridas al sistema por lo que se manifiesta si el auto tiene infracciones no abonadas;
Que este sistema hace que no se pueda realizar el trámite si no cumplió con sus obligaciones;
Que algunas de la ventajas que significan la incorporación del Municipio al S.U.G.I.T. es que de tener un vehículo registrado en otra ciudad que esté adherida al sistema, ya no será contratar un gestor ni trasladarse hasta el lugar, sólo bastará con acercarse al Registro Seccional de la Propiedad Automotor y realizar el trámite;
Que sería oportuno que el Municipio se integre formalmente a este sistema a través de un convenio de complementación de servicios;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo realice los trámites pertinentes ante la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor para adherir mediante la firma de un convenio de complementación de servicios del sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito.-
ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.627.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JULIO DE 2010.-