Expediente HCD. Nº 4.573-C-2011.-
VISTO
El aparente estado de abandono o por lo menos una notable falta de mantenimiento del edificio ubicado en Calle Rivadavia Nº 1.140, donde funcionaba una Estación de Servicio y Taller Mecánico; y
CONSIDERANDO
Que de cuyo abandono se puede observar fisuras en la viga del frente del edificio;
Que dichas fisuras se hallan en relación a los hierros resistentes de la misma, como puentes de refuerzos e hierros inferiores y estribos; observándose además grietas profundas por donde se presume se filtra el agua de lluvia a todos los hierros;
Que de continuar en este abandono, dicha viga puede colapsar con los riesgos que ello va a traer aparejado para los bienes lindantes y hacia los peatones;
Que es incumbencia del Estado velar por la seguridad pública cuando los frentes de los edificios muestran signos del paso del tiempo;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que a través de las áreas Técnicas de la Municipalidad efectúe una inspección ocular sobre la viga del frente del edificio de Calle Rivadavia Nº 1140, para evaluar si dicha viga necesita una reparación urgente de su revoque externo y el superior externo para evitar la penetración de agua de lluvia que pueda ir deteriorando aún más su estructura resistente de los hierros.
ARTICULO 2º: Si de dicha evaluación surgen riesgos de estabilidad de la viga, solicitamos al Departamento Ejecutivo proceda a intimar al propietario que en el término más prudencial, efectúe su reparación y/o construya una columna de hormigón armado en el centro de la misma, si fuera necesario.
ARTICULO 3º: Si a la primera intimación no hubiere respuesta del o los propietarios del inmueble, el Departamento Ejecutivo efectuará una segunda intimación con breve plazo. Si aún así no hubiere respuesta, solicitamos al Departamento Ejecutivo la clausura del ingreso al edificio y efectúe las reparaciones y/o construcciones necesarias aconsejados por el Departamento Técnico e inicie su cobro vía judicial.
ARTICULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.717.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 23 DIAS DEL MES DE MARZO DE 2011.-