Expediente HCD. Nº 4.892-B-12.-
VISTO
Que las promesas hechas oportunamente por el Departamento Ejecutivo generaron gran expectativa en la ciudadanía de Coronel Pringles con respecto al asfaltado de aproximadamente 100 cuadras de nuestras calles y al progreso que eso conlleva para cada uno de los distintos barrios de la ciudad;
Que la mejor manera de desarrollar un programa de asfaltado urbano sería mediante la fabricación del asfalto en nuestra localidad con el doble objetivo de disminuir costos y crear fuentes de trabajo genuina; y
CONSIDERANDO
Que en muchas calles del ejido urbano ya se había procedido a la nivelación de las mismas y/o a la preparación del terreno para poder asfaltar;
Que sólo se realizaron muy pocas cuadras del total de las prometidas y proyectadas y que es necesario consolidar el proyecto en marcha y cumplir con las expectativas generadas;
Que la crisis económica evidenciada tanto a nivel nacional como provincial, sumado los escasos vínculos existentes con el actual Departamento Ejecutivo, hacen prever un nulo y escaso apoyo económico y en especial en la realización de obras públicas de envergadura;
Que la desocupación es la principal problemática socio-económica de nuestro distrito y que los esfuerzos del Estado Municipal tienen que estar puestos en solucionar este problema estructural de nuestra sociedad;
Que la compra o alquiler de una planta de asfalto caliente y de una terminadora de asfalto generaría, sin dudas, puestos de trabajo permanentes, además del progreso continuo en el proceso de asfaltado de calles, que mejoraría sin más la calidad de vida de nuestros vecinos;
Que estableciendo un correcto plan de cobro por mejoras a los vecinos beneficiados se podría autofinanciar el programa de asfalto urbano con planta propia;
Que es necesario que el Departamento Ejecutivo realice los proyectos de factibilidad técnicos y económicos del presente programa propuesto;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCION
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo realice el estudio técnico necesario para determinar la factibilidad de la instalación de una planta de asfalto caliente en la localidad de Coronel Pringles.-
ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo realice el estudio de factibilidad económico-financiero para la compra, alquiler o leasing de una planta de asfalto caliente y de una terminadora de asfalto caliente.-
ARTICULO 3º: Solicitar al Departamento Ejecutivo realice un “Plan de asfaltado urbano trienal” con planta de asfalto caliente propia, estableciendo cantidad de cuadras de asfalto a realizar por período de tiempo, mano de obra generada, costo por cuadra y modalidad de pago de las mejoras.-
ARTICULO 4º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que una vez realizados los estudios técnicos y económico-financieros y el plan de trabajo trienal, los eleve al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento y posterior aporte de información adicional y/o sugerencias.-
ARTICULO 5º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.811.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2012.-