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RESOLUCION Nº 3.499

Expediente HCD. Nº 7.276-I-22

PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR (Dólar Soja)

VISTO

La implementación del Programa de Incremento Exportador que responde al Decreto 576/2022 mediante el cual el Gobierno de la Nación Argentina establece de manera excepcional y transitoria un valor diferencial para las divisas ingresadas por la exportación de poroto de soja y sus derivados, conocido como “Dólar Soja”; y

CONSIDERANDO

Que según los considerandos del Decreto 576/2022 “La REPÚBLICA ARGENTINA es un relevante exportador mundial de las manufacturas de la soja, productos con baja incidencia directa en la cadena de abastecimiento nacional. Que estos alimentos y materias primas no generan impactos directos en la canasta familiar ni en las mediciones del índice mensual de inflación”;

Que el Decreto menciona que el aumento de la exportación del complejo sojero contribuiría a aliviar el impacto negativo en las importaciones de combustibles y energía, como así también a atender a la población más afectada por la alta inflación y la pérdida de poder adquisitivo;

Que en su ARTÍCULO 9º, el Decreto de referencia crea el FONDO INCREMENTO EXPORTADOR, con la finalidad de financiar una prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional que asegure una adecuada alimentación para las personas en situación de extrema vulnerabilidad y, asimismo, financia programas que estimulen la producción y el desarrollo de pequeños y medianos productores y de economías regionales;

Que en su ARTÍCULO 11 º, se establecen incentivos para los productores agrícolas que efectúen ventas de soja para exportación a corredores, acopiadores, cooperativas, exportadores e industriales de soja para afectar a operaciones de exportación del presente Programa en porcentajes definidos por la norma;

Que los beneficios del “dólar soja” se aplicarán a aquellas empresas exportadoras que liquiden divisas obtenidas por exportación de productos del complejo sojero hasta el 30 de septiembre de 2022;

Que como habitantes de un Distrito agro-ganadero, entendemos que el camino para el desarrollo viene de la sinergia de la relación campo-ciudad y, si bien las medidas tomadas son transitorias, estos incentivos estimulan la agricultura y agroindustria que son motores de la producción y exportación nacional;

Que en Coronel Pringles se están desarrollando emprendimientos industriales relacionados con el aceite de soja que podrían ser beneficiados con la continuidad del Programa de Incremento Exportador;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCION

ARTICULO 1°: Solicitar al Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Juan José Bahillo, que se dé continuidad al Programa de Incremento Exportador a partir del 30 de Septiembre de 2022, fecha estipulada por el Decreto 576/2022 para su finalización.

ARTICULO 2°: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.499

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 15 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022.-

JAQUELINA OQUIÑENA Dr. LUIS GONZALEZ ESTEVARENA

SECRETARIA INTERINA PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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