Press "Enter" to skip to content

RESOLUCIÓN Nº 3.545

Expediente HCD. Nº 7.340-A-2022

VISTO

Que, según el artículo 41 de la Constitución Nacional, todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, y que la Ley Nacional de Política Ambiental, N°25675 segura la prevención, conservación, recuperación y mejoramiento de los recursos ambientales, y que la Ley de Educación Ambiental Integral, 27621, entiende a la educación ambiental integral como un proceso permanente, integral y transversal;

CONSIDERANDO

Que en la Constitución Nacional se establece que el ambiente sano y equilibrado debe ser, a su vez, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.

Que la Ley Nacional Política Ambiental General (25.675) promueve el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras.

Que, en la Ley Nacional Educación Ambiental Integral (27.621) entre sus principios fundamentales, promueve los Principios de equidad, de igualdad desde el enfoque de género con pensamiento crítico e innovador;

Que la Ley Nacional Promoción de la Alimentación Saludable (27.642) garantiza el derecho a la salud y a una alimentación adecuada a través de la promoción de una alimentación saludable. Promueve la prevención de la malnutrición en la población.

Que el Proyecto de ley de Promoción a la Producción, Comercializar y Consumo de Alimentos Agroecológicos, actualmente en debate en el Congreso de la Nación, entiende a la agroecología como a todo sistema de producción agropecuario y su correspondiente agroindustria y, al mismo tiempo, a la necesidad de sistemas alimentarios socialmente justos en los que las personas puedan elegir lo que comen así como el modo y el lugar de producción de los alimentos, proporcionando seguridad y soberanía alimentaria”;

Que el Programa Sembrar Soberanía Alimentaria (2020) es una herramienta de financiamiento, que propicia el fortalecimiento de procesos organizacionales y de gestión de las unidades productivas vinculadas al sector alimenticio, así como la consolidación del entramado territorial de productores a partir de redes de producción, elaboración y distribución de alimentos para el abastecimiento local.

Que el Programa de la Provincia de Buenos Aires “Alimentos Bonaerenses” promueve el desarrollo de la producción como estrategia para estimular alternativas productivas y económicas, y diversificar la oferta local de alimentos

Que en ciudades como Santa Fe, se han sancionado Ordenanzas Municipales con el objetivo el “fomento, promoción y fortalecimiento de políticas, programas, proyectos y acciones para el desarrollo de la agroecología como sistema integral de producción, comercialización, agroindustrialización, consumo de alimentos y otras producciones primarias”

Que el objetivo principal y fundamental de promover y fortalecer políticas, proyectos, programas y acciones para el desarrollo de la agroecología como sistema integral de producción, comercialización y consumo de alimentos sanos.

Que acorde a lo trabajado durante el año con el proyecto anual sobre la soberanía alimentaria, entrevistamos e investigamos sobre cómo se producen los alimentos, que semillas se utilizan; como es el trabajo del INTA y de la Secretaría de Producción de Cnel. Pringles.

Que conocimos productores/as agroecológicos y huerteros/as de nuestra ciudad;

Que investigamos el rol de los medios de comunicación y la publicidad en la selección de los alimentos que consumimos y cómo éste impacta en nuestra salud y nuestra economía.

Que se prioriza y se le da suma importancia a los productos alimenticios ecológicos u orgánicos de producción local, hechos por micros y pequeños productores/as; por cooperativas; asociaciones y agricultura familiar o campesina.

Que con el objetivo de fortalecer el trabajo asociativo de los productores de la agricultura familiar, para potenciar la conformación de redes territoriales de abastecimiento local de alimentos.

Que se prioriza la alimentación saludable, con alimentos sostenibles y naturales.

Que se fomenta el cuidado de la salud humana y se protege el medio ambiente.

Que dentro del distrito contamos con instituciones educativas públicas y privadas que cuentan con trabajos agroecológicos y que realizan actividades colaborativas con toda la comunidad de Coronel Pringles.

Que se fomenta actividades que contribuyen a defender la biodiversidad ambiental y la salud pública.

Que Coronel Pringles adhiere a RENAMA (Red Nacional de Municipios y Comunidades que Fomentan la Agroecología).

Que el trabajo de la RENAMA se focaliza en cambiar la forma de pensar de los distintos actores involucrados en el saber y hacer agropecuario local, para que sean ellos quienes diseñen e implementen acciones y estrategias regenerativas en su territorio.

Que se promueve la promoción de mercado interno de algunos productores agroecológicos; como el grupo de huerteras/os asociativo ”El Triunfo” (DiProCo).

Que existen en Coronel Pringles proyectos vinculados a la cría de animales y la agroecología.

Que la importancia del discurso y la promoción en las economías populares.

Que mediante la agroecología se crean vínculos y se fomentan valores, como la solidaridad, el cuidado del medio ambiente, se protege recursos hídricos y el suelo, se promueve el trabajo colaborativos; la cooperación entre las personas.

Que se valora la economía local produciendo en Coronel Pringles y se fomenta el consumo de lo que se produce en la ciudad.

Que el concepto de agroecología es la aplicación de los procesos ecológicos en los sistemas de producción agrícola, ganadera y forestal, así como también en la producción de alimentos.

Que el concepto de soberanía alimentaria es el derecho de los pueblos a definir sus propias políticas y estrategias sostenibles de producción, distribución y consumo de alimentos con base en la pequeña y mediana producción.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo analice, a la mayor brevedad posible, la posibilidad de declarar a la Ciudad de Coronel Pringles como jurisdicción que promueve la producción de alimentos agroecológicos, sanos y saludables, con el fin de concientizar y de generar políticas en defensa de la soberanía alimentaria.

ARTICULO 2º: Invitar, al realizar tal análisis, la viabilidad de la Creación del CONSEJO CONSULTIVO PARA EL DESARROLLO DE LA AGROECOLOGÍA del partido de Coronel Pringles, teniendo en cuenta los siguientes parámetros de conformación y funcionamiento:

a) Un/una miembro del equipo de la Secretaría de Producción,

Un/una concejal de cada bloque,,

Dos representantes de productores/as agroecológicos/as de la ciudad,

Un representante por cada establecimiento educativo del distrito con orientación agropecuaria o afines.

b) Las funciones del Consejo Consultivo para el desarrollo de la agroecología serían:

Colaborar en el diseño de políticas y acciones para profundizar los emprendimientos agroecológicos en el ámbito local,

Proponer capacitaciones,

Elaborar informes sobre el estado de la producción y desarrollo de la agroecología en Coronel Pringles,

Acciones de protección del desarrollo agroecológico,

Acceso a tecnologías apropiadas para el desarrollo y mejoras de la producción agroecológica.

Crear y coordinar comunidades, cooperativas barriales o huertas familiares de productores/as agroecológicas.

Realizar acciones de protección de los desarrollos agroecológicos existentes, así como la promoción y acompañamiento de nuevas producciones agroecológicas.

Facilitar la distribución y comercialización de los productos agroecológicos.

Promover charlas dirigidas a productores/as y sociedad en general, con la finalidad de informar-publicitar los beneficios de la agroecología.

Armado de un listado donde estén registrado/as los y las productores agroecológica de Coronel Pringles.

ARTÍCULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.545

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 20 DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2023.

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

Print Friendly, PDF & Email