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RESOLUCIÓN Nº 3.550

Expediente HCD. Nº 7.433-C-2023

VISTO

Que este Cuerpo en reiteradas oportunidades, ha solicitado que se instale una señal lumínica que advierta la existencia de un paso nivel sin barreras sobre ruta 85, a 10 kilómetros aproximadamente de esta ciudad. Sin haber tenido el eco necesario en las autoridades viales provinciales.

CONSIDERANDO

Que la idea de prestación del servicio de ferrocarril para transporte de pasajeros además del actual servicio de cargas, ha sido anunciada en los diferentes medios, generando expectativas que determinaron el agotamiento de los pasajes en el ámbito local.

Que la baja inversión del sistema ferroviario actual en el mejoramiento de las vías, y en todos los elementos que hacen a la seguridad de ese transporte, afecta no solo a los usuarios sino también a quienes transitan las rutas provinciales, ya que la oportuna baja de frecuencia ferroviaria determinó como un desmantelamiento de las señales pertinentes.

Que es necesario, afirmar que el riesgo a mayor tránsito ferroviario, se incrementa en idéntica proporción las posibilidades de accidentes en rutas, de alta frecuencia automovilística.

Que el no cumplimiento de la obligación de las advertencias de riesgos, hace caer a los funcionarios respectivos, en la posible comisión del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Circunstancia que aparecerá en caso de acontecer una tragedia, que es función del cuerpo advertir tal circunstancia, bajo riesgo de ser reiterativos, pero pretender salvar vidas, es parte de nuestro trabajo.

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO 1º: Solicitar al departamento de Vialidad Provincial, con la mayor celeridad posible instale o haga instalar una señal lumínica en ruta 85, en la dirección de Coronel Pringles a Coronel Suarez, a 10 kilómetros aproximadamente de nuestra ciudad. La misma debe de tener por objeto alertar sobre el cruce de un paso nivel sin barreras, circunstancia totalmente inadvertida en la noche.

ARTÍCULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.550

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 20 DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2023.

MARTÍN GIGON LUIS GONZÁLEZ ESTEVARENA

SECRETARIO PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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