Expediente HCD. Nº 7.511-I-2023
VISTO
La situación de la boca de tormenta ubicada en la calle 58 e Italia, la cual se encuentra abierta y representa un peligro para los transeúntes;
El impedimento que esta situación genera para los vecinos que residen en las cercanías, al obstruir la utilización de ese tramo para estacionar sus vehículos;
La ausencia de cordón cuneta en la calle Italia hasta la calle 58 y;
CONSIDERANDO
Que la boca de tormenta abierta en la calle 58 e Italia representa un peligro potencial para la seguridad de los ciudadanos, pudiendo causar accidentes o lesiones a los transeúntes;
Que la obstrucción de la zona de estacionamiento debido a la boca de tormenta afecta directamente a los vecinos que residen en el área, limitando su comodidad y accesibilidad;
Que la falta de cordoncillos de cuneta en la calle Italia hasta la calle 58 dificulta el adecuado drenaje de agua de lluvia y puede generar problemas de inundación;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar a la Dirección de Obras e Infraestructura, que funciona en la órbita de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos del Municipio de Coronel Pringles, que analice la situación de la boca de tormenta ubicada en la calle 58 e Italia consultando.
ARTÍCULO 2º: Instar a la Dirección de Obras e Infraestructura a tomar las medidas necesarias para solucionar el inconveniente de la boca de tormenta, asegurando su correcta nivelación o reparación para eliminar cualquier riesgo para la seguridad de los transeúntes.
ARTÍCULO 3º: Solicitar se realice un relevamiento en la ciudad para identificar otras áreas con problemáticas similares, en relación a la presencia de bocas de tormenta abiertas que signifiquen un problema para los vecinos/as que las posean en la puerta de sus viviendas. El objetivo será establecer un plan de acción temporal para cada área identificada, con el fin de mitigar los riesgos y garantizar la seguridad de los ciudadanos, hasta tanto se logre la construcción de los correspondientes cordones cuneta.
ARTÍCULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.572
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 15 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2023.-
MARTÍN GIGON MARÍA LUISA SOTO
SECRETARIO VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles