Expediente HCD. Nº 7.999-I-2024
VISTO
La necesidad de promover, planificar y coordinar actividades turísticas que impulsen el desarrollo económico, social y cultural de la localidad de Indio Rico.
CONSIDERANDO
Que la localidad de Indio Rico cuenta con un patrimonio histórico-cultural variado para conocer y disfrutar. Desde antiguos edificios, arroyos y ríos con una diversidad de especies animales y vegetales hasta eventos y actividades turísticos- culturales instalados en la agenda de las visitas de los habitantes de la zona.
Que desde el año 2017 la localidad fue declarada como pueblo turístico, dentro de la oferta turística de la provincia de buenos Aires
Que el turismo constituye una fuente de ingreso fundamental para la comunidad y un motor para la generación de empleo;
Que resulta necesario contar con una oficina encargada de gestionar el desarrollo turístico de manera eficiente y sostenible, potenciando los atractivos locales y regionales;
Que dicha oficina debe coordinar acciones con el sector público, privado y la comunidad.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo evalúe la posibilidad de crear la Oficina de Turismo e informes de la localidad de Indio Rico, con el objetivo de planificar, desarrollar y promover el turismo en la región, velando por el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de la cultura y las tradiciones locales.
ARTÍCULO 2º: La Oficina de Turismo e informes deberá tener las siguientes funciones:
*Diseñar e implementar estrategias y campañas para atraer turistas locales, nacionales e internacionales.
*Promocionar y organizar eventos culturales, deportivos y recreativos.
*Colaborar con el sector privado y comunidades locales e iniciativas turísticas.
*Proveer información actualizada y servicios de atención al turista.
*Desarrollar estudios y proyectos que permitan mejorar la oferta turística.
ARTÍCULO 3º: la estructura y organización interna de la Oficina de Turismo e Informes será potestad del área de Turismo del Municipio del partido de Cnel. Pringles.
ARTÍCULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.712
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2024.-
MARTÍN GIGON GABRIEL OMAR D´INTINO
SECRETARIO PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Coronel Pringles Coronel Pringles