SEXTA SESIÓN ORDINARIA
21 DE JUNIO DE 2018
En la ciudad de Coronel Pringles, Provincia de Buenos Aires, siendo la hora 19:33 del día 21 de Junio de 2018, se da inicio a la Sexta Sesión Ordinaria. Con la presencia de las Señoras y de los Señores Ediles: Amondarain Elisabet; Carnevali Silvana; Cejas Pablo, Cluchinsky Pablo; de Vega Juan Pedro; González Estevarena Luis; Jáuregui Amanda; Lassallette Victoria; Mattioli Rodrigo; Matzkin Lisandro; Peralta Martín; Pereyra Irma; Romano Silvio y Schubmann Hugo. Quienes certifican su presencia mediante la firma en el Libro de Asistencia.
Presidencia a cargo de su titular: Concejal Lisandro Matzkin.
Secretaría: Silvia Moreno Oreste.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Siendo las 19:33 horas damos inicio a la Sexta Sesión Ordinaria, de fecha 21 de Junio de 2018. Por Secretaría se tomará asistencia.
El izamiento de la Bandera Nacional corresponde a la Edil Amondarain y el izamiento de la Bandera Bonaerense corresponde a la Edil Carnevali.
ORDEN DEL DÍA
. En consideración el Acta correspondiente a la Quinta Sesión Ordinaria, celebrada con fecha 07 de Junio del corriente año.-
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Estamos votando la aprobación del Acta. Aprobado por unanimidad”.
PETICION o ASUNTO DE PARTICULAR
. Expediente HCD. Nº 6.412-P-18. Iniciado por Profesor Edgardo Cabanillas (Coord. Distrital Política Socio Educativa de la Pcia Bs.As.), y Profesora Mabel M. Grandío (Inspectora Jefe Distrital – Coronel Pringles R21). Nota: Mediante la cual solicitan al Honorable Concejo Deliberante, tengan a bien contemplar la posibilidad de autorizarles el uso del Recinto de Sesiones, para la realización de la instancia Distrital de Parlamento Juvenil del Mercosur (PJM) programa destinado a Jóvenes de Escuelas Secundarias, que se realizará el día Viernes 03 de Agosto de 2018, desde las 8.00 horas hasta las 12.30 horas.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes determinamos el pase a Secretaría, por la misma vamos a redactar el Decreto para autorizar a la Sesión del Parlamento Juvenil del Mercosur el viernes 3 de Agosto. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobado el siguiente Decreto:
VISTO
La nota presentada por el Profesor Edgardo Cabanillas (Coordinador Distrital Política Socio Educativa – Buenos Aires) y Profesora Mabel M. Grandío (Inspectora Jefe Distrital –Coronel Pringles R21), solicitando autorización para el uso del Recinto de Sesiones para la realización de la Instancia Distrital del Parlamento Juvenil del Mercosur, Programa destinado a jóvenes de Escuelas Secundarias, que se realizará el día 3 de Agosto de 2018;
Que en la oportunidad participarán alumnos de los siguientes Establecimientos Educativos: E.S. Nº 1, E.S. Nº 2, E.S. Nº 3, E.S. Nº 4, E.S. Nº 5, Colegio Sagrado Corazón, E.E.S.T. Nº 1, Instituto María P. de Verdier y Escuela Agrotécnica;
Que es un evento que ha resultado, en las dos Ediciones anteriores, una experiencia inolvidable para los alumnos;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA
ARTICULO 1º: Autorícese el uso del Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante para la realización de la Instancia DISTRITAL DEL PARLAMENTO JUVENIL DEL MERCOSUR (PJM), Programa destinado a Jóvenes de Escuelas Secundarias, que se realizará el día Viernes 03 de Agosto de 2018, desde las 8:00 horas hasta las 12:30 horas.-
ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADO BAJO EL Nº 1.270.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2018.-
. Expediente HCD. Nº 6.413-A-18. Iniciado por Alumnos de la tercera sección del Jardín de Infantes Nº 904 Rosario Vera Peñaloza y Docente Claudia García. Nota: Poniendo en conocimiento una necesidad que han apreciado en cercanías al Jardín Nº 904, en el Barrio Roca, y pidiendo si fuera posible, que arreglen la plaza “Servando García”, que encontramos juegos, algunos rotos, el corralón en mal estado…
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “¿Quiere lectura? Puede pedir lectura, no tenemos tratamiento sobre tablas”.
La Edil Carnevali asintió.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo continuó: “Damos lectura por Secretaría”.
Seguidamente por Secretaría se procedió a la lectura de la referida Nota. La misma se adjunta a continuación:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes de Bloque se determinó el pase a la Comisión de Obras Públicas. Estamos votando. Aprobado por unanimidad”.
PROYECTOS DE ORDENANZA
. Expediente HCD. Nº 6.415-I-18. Iniciado por Interbloque Compromiso Pringles-Cambiemos. Proyecto de Ordenanza: Apruébase el nuevo marco regulatorio para la implementación del régimen de descuento único.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se determinó el pase a la reunión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 6.416-I-18. Iniciado por Interbloque Compromiso Pringles-Cambiemos. Proyecto de Ordenanza: Se considera información pública a todo tipo de datos e información contenidos en documentos de cualquier formato o soporte que los sujetos obligados por esta Ordenanza generen, obtengan, transformen, controlen y/o custodien, salvo las excepciones previstas en la presente Ordenanza y la legislación nacional y provincial vigente en la materia.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes de Bloque se determinó el pase a la Comisión de Educación, Cultura y Deportes. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 6.418-D-18. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Nota: Eleva Proyecto de Ordenanza: Modificación Artículo 33º de la Ordenanza Nº 4.438/18.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se determinó el pase a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Estamos votando. Aprobado por unanimidad”.
. Expediente HCD. Nº 6.419-D-18. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Nota: Eleva Proyecto de Ordenanza: Autorización suscripción Convenio de Cooperación con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Coronel Pringles, mediante el cual el Ministerio subvencionará la atención gratuita de diez (10) niños de ambos sexos de 0 a 14 años de edad que asisten al C.I.C. “Crearte” a través del Programa U.D.I., por el término de doce (12) meses, a partir del 1º de Enero de 2018.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes de Bloque se determinó el pase a la Comisión de Salud, Asistencia Social y Medio Ambiente. Estamos votando. Aprobado por unanimidad”.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
. Expediente HCD. Nº 6.417-I-18. Iniciado por Interbloque de Frente para la Victoria/Unidad Ciudadana. Proyecto de Resolución: Solicitar al Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, el cumplimiento de las Ordenanzas registradas bajo el Nº 3.343 y su modificatoria Nº 3.874.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “En reunión de Presidentes se determinó el tratamiento sobre tablas. Estamos votando, aprobado por unanimidad. ¿Nadie va a hacer uso de la palabra? Si nadie va a hacer uso de la palabra… Concejal Pereyra tiene la palabra”.
La Edil Pereyra manifestó: “Gracias Señor Presidente. Este tema surge porque muchas personas que caminan en el centro, principalmente en el radio céntrico, hay muchas veredas que están rotas y en consecuencia la persona que tiene discapacidad motora le cuesta caminar. Y también las personas mayores que muchos han tropezado y han caído. Como existe una Ordenanza y nosotros pensamos que las Ordenanzas están para cumplirlas, por eso es que hicimos este Proyecto de Resolución para que se ordene un poco el tema de las veredas en Coronel Pringles. Nada más Señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Bueno. Estamos votando entonces la aprobación del Expediente HCD. Nº 6.417-I-2018. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobada la siguiente Resolución:
Expediente HCD. Nº 6.417-I-18
VISTO
La Ordenanza 3.346 y su modificatoria Ordenanza 3.874; y
CONSIDERANDO
Que en la planta urbana de nuestra ciudad existen una gran cantidad de calles que no poseen veredas transitables;
Que la Ordenanza 3.517/05 establece la accesibilidad fundamentalmente para personas con discapacidades motrices denominada “PRINGLES PARA TODOS”;
Que una innumerable cantidad de personas deben trasladarse en zonas urbanas en las cuales no existe ningún cuidado sobre las aceras y en otros casos estas no existen, obligando a los peatones a circular por la calzada con los peligros que estos representan;
Que dicha situación es más grave aún para la población más vulnerable, tales como personas con discapacidad, ancianas/os y niñas/os;
Que las caídas por veredas en mal estado resulta un peligro muy grande para adultos mayores por las consecuencias que muchas veces tienen;
Que las Ordenanzas están para cumplirse ya que estas son las que regulan la convivencia comunitaria;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, el cumplimiento de las Ordenanzas registradas bajo el Nº 3.343 y su modificatoria Nº 3.874.-
ARTÍCULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.304
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2018.-
PROYECTO DE DECRETO
. Expediente HCD. Nº 6.414-I-18. Iniciado por Interbloque de Concejales del Frente para la Victoria/ Unidad Ciudadana. Proyecto de Decreto: Declarar de Interés Legislativo todas las actividades que organizará este año el Club Ferrocaril General Roca de Coronel Pringles en el marco de su 75º Aniversario.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Concejal Carnevali tiene la palabra”.
La Edil Carnevali manifestó: “Gracias Señor Presidente. Bueno, este Decreto es justamente para dar apoyo al Club Roca que este año está cumpliendo los 75 años. Y a lo largo de todo el año tiene previstas una serie de actividades que estaría bueno que se den a conocer, más que nada por la importancia social que tiene el Club y junto, como pusimos en el Decreto, a las otras instituciones del Roca, como la Escuela Nº 6, el Jardín Nº 904, la Capilla de Fátima, trabajan muy fuerte desde lo social, más que nada como para seguir manteniendo la identidad del barrio y que los chicos de aquel sector no tengan que dirigirse hacia otro club.
Así que considero de vital importancia que se haga este Decreto y ojalá que podamos acompañar las distintas actividades que el Club Roca va a realizar a lo largo de todo el año. Que tiene que ver desde lo social, hay eventos deportivos, muchas actividades que estaría bueno poder acompañarlos. Muchas gracias”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Vamos a votar entonces la aprobación del Proyecto de Decreto del Expediente Nº 6.414-I-2018. Estamos votando. Aprobado por unanimidad”.
Resultó aprobado el siguiente Decreto:
Expediente HCD. Nº 6.414-I-18
VISTO
Que el Club Ferrocarril General Roca de Coronel Pringles cumplió 75 años de su creación el último 17 de junio; y
CONSIDERANDO
* La importante función social que desarrolla en el Barrio Roca, dando lugar para realizar diferentes actividades culturales y deportivas;
* La proyección a futuro de creación del Archivo Fotográfico y Memoria Histórica del barrio, conjuntamente con una Biblioteca y Centro de Informática, para dar atención a esa barriada que no tiene ningún tipo de servicio de esa naturaleza;
* La tarea ardua que desarrolla para consolidar ese espacio como de identidad barrial para desarrollar diversos eventos de cada una de las Instituciones Intermedias que se encuentran en ese sector de la ciudad como la Escuela Primaria N° 6, el Jardín de Infantes N° 904, la Sala de Primeros Auxilios y la Capilla de Fátima;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Declarar de Interés Legislativo todas las actividades que organizará este año el Club Ferrocarril General Roca de Coronel Pringles en el marco de su 75º Aniversario.
ARTÍCULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 1.271
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2018
DESPACHOS DE COMISIÓN
. Expediente HCD. Nº 6.395-C-2018. Iniciado por Comisión de Salud Pública, Asistencia Social y Medio Ambiente. Proyecto de Ordenanza: Modificación de Ordenanza Nº 4.250. (Creación y Reglamentación del Fondo Solidario de Salud). (S.P.A.S. y M.A.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Concejal González Estevarena tiene la palabra”.
El Edil González Estevarena manifestó: “Bueno. Muchas gracias Señor Presidente. Bueno, ya en la anterior Sesión habíamos hablado un poquito. La idea básica era ir puliendo lo existente. Y la verdad que esta Ordenanza es poco lo que pudimos pulir, pero lo hicimos en función de algunas realidades que han ido ocurriendo en los últimos meses. Entonces lo fuimos puliendo y fuimos mejorándola. Y creo que no va a ser la única vez o la última vez, me parece que en los próximos meses también hay cuestiones que se pueden mejorar.
Pero básicamente, qué es lo que le agregamos. En el Artículo 5º pusimos que al menos dos integrantes de la Comisión de Salud, que no necesariamente tenga que estar el Secretario de Salud. Por ahí está de viaje, etcétera y puede haber alguien, algún representado por la Secretaría de Salud. Después la importancia que tiene que tener el Director del Hospital o un representante del Consejo Técnico-Asesor del Hospital y la figura que eso representa.
Otra cosa que nos pareció muy importante y lo hablábamos con el Concejal Romano. Es si hay una obra social que no cubre el tratamiento o la cirugía o el servicio. Debería constar entre los documentos a analizar.
Otra cosa que nos pareció también importante, en el Artículo 6º que son, cuáles son los documentos, la documentación que el peticionante tiene que pedirlo. Darle un marco más expandido. Básicamente que esté en Acción Social, en todas las estructuras de Acción Social está la lista de cosas que son básicamente documentación personal, también está en la Secretaría del Concejo Deliberante.
Otra cosa más, que tratamos de pulirlo y que figure en la Ordenanza. Pero que este Fondo básicamente no contempla honorarios médicos, si hay otras opciones. Porque hemos visto que muchas veces viene la gente solamente con una opción y la verdad que hay muchos médicos que pueden operar muchas patologías y bueno, y nosotros podemos asesorarlos también, y podemos contemplar las necesidades de la gente.
Y lo otro que nos parecía muy importante es en el Artículo 7º el inciso 7 que los insumos, prácticas y materiales de uso habitual, no serán contempladas en esta Ordenanza. ¿Por qué? Porque esto tiene un fundamento. Que es no desfinanciar a este Fondo. Porque cuando se necesita una cantidad de plata necesaria para un trasplante, etcétera. Tener la cantidad suficiente y no ir desfinanciándonos comprando cosas que son habituales y que se pueden conseguir de otra manera. La verdad que éste Fondo no está destinado a comprar una silla de ruedas, deberíamos buscarle la vuelta por otro lado, Acción Social, u otras alternativas.
Por eso por ahí redoblar cada uno de nosotros. ¿Cuál es el espíritu? El espíritu de los que lo hicieron era darle una solución a un problema acuciante en un tiempo relevante y corto y de montos importantes. Y para eso está el Fondo. Muchas gracias Señor Presidente.
Algo más. Quería hacer una moción. Es una cuestión de forma. Cuando redactamos queríamos incorporar el Artículo 12º que diga: “Deróguese la Ordenanza Nº 4.250/16” y el Artículo 13º de forma. Así está completa la cuestión administrativa”. Moción apoyada por la Concejal Lassallette.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Concejal Romano tiene la palabra”.
El Edil Romano manifestó: “Muchas gracias Señor Presiente. Sí. Como bien decía el Concejal González Estevarena, toda Ordenanza puede ser mejorada e ir puliéndola. Cuando hablaba un poco del tema de las obras sociales. Creo que es un tema que tenemos que trabajar y mucho para este Fondo. Porque por lo menos yo me niego a que el Municipio tenga que financiar lo que debieran cubrir las obras sociales. Y aquí me parece, no sé, está la Doctora que es especialista en el tema. A través de la OMIC, creo yo que se podría trabajar cuando las prepagas no pueden, se niegan a cubrir un tratamiento. Y en este caso creo que un convenio de subrogancia en el que el Municipio se ponga en el lugar del paciente y después intente recuperar ese dinero, porque si después las obras sociales sindicales o IOMA o PAMI, se nieguen, PAMI no tanto, pero por ahí IOMA se niega a tratamientos, o a estudios, o a procedimientos. Está que bien que el Municipio a través del Fondo, o en realidad, el Estado Municipal a través de este Fondo, financie un tratamiento. Pero creo yo que no debería terminar ahí en poner la plata y ya está. Creo que se debería hacer un convenio de subrogancia y que el Municipio después tome digamos, la parte del paciente y que intente recuperar ese dinero que es muy importante. Porque vendría a ser un circulo virtuoso en el cual se recupere el dinero. A veces lleva más tiempo porque en realidad lo que pasa es que viene el paciente con un problema que lo quiere solucionar rápido y la obra social le da vueltas y vueltas, y capaz que lo tienen meses, semanas dando vueltas. Entonces el Municipio podría a través de este Fondo, como ha sucedido, poner el dinero, pero después que lo recupere.
Así que creo yo que un convenio de subrogancia, no sé si se dice así, podríamos seguir trabajando o en esta Ordenanza, o en otra. Nada más Señor Presidente. Gracias”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Pasamos a votar entonces el Expediente Nº 6.395 con la modificación propuesta por el Concejal González Estevarena y la moción apoyada de la Concejal Lassallette. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó sancionada la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº 6.395-C-18
VISTO
El Expediente Nº 6395 –C-2018, referido a un Proyecto de Ordenanza mediante el cual se propone la modificación de la Ordenanza Nº 4250 referida al Fondo de Salud Solidaria; y
CONSIDERANDO:
Que el hecho de padecer una enfermedad es en sí misma una dificultad para el paciente y su familia;
Que el tratamiento de algunas patologías no siempre pueden ser resueltas en Coronel Pringles;
Que en algunas oportunidades los enfermos acompañados por sus familiares deben trasladarse a otros centros de mayor complejidad;
Que estos viajes y/o tratamientos muchas veces implican un desembolso de dinero importante para cualquier familia pero principalmente para aquellas con menos recursos o sin cobertura de obra social;
Que el hecho de agregar otro problema, como el económico, a la dificultad de salud, afecta aún más al paciente y su grupo familiar;
Que como Concejales tenemos la obligación de dar soluciones a los vecinos sobre todo a los más necesitados;
Que el mantenimiento, el espíritu del proyecto resulta más operativo el envío de lo enunciado en ese Expediente al archivo para la reformulación de un nuevo proyecto conteniendo los conceptos principales;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CCORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Créase en el Distrito de Coronel Pringles un fondo de reserva para la atención médica de aquellos casos que por su complejidad y/u alto costo de tratamiento requieren de la ayuda solidaria de la comunidad, representada en este caso por el municipio. El mencionado fondo se denominará “FONDO DE SALUD SOLIDARIA” y se regirá por la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º: El Fondo de Reserva se constituirá con los recursos obtenidos a través del aporte solidario de los contribuyentes que se efectuará teniendo en cuenta las siguientes posibilidades:
- Por pago voluntario de $ 3 (tres) por talón de cada factura de la Tasa de Alumbrado.
- Por la derivación del 10% de los montos que ingresen al erario municipal, producto del cobro de las multa por infracciones a las Ordenanzas Municipales, Leyes de Tránsito, Decretos, Leyes y demás reglamentaciones que establezca el estado municipal para el cobro de las mismas, sean que tramiten por ante Juzgado de Faltas Municipal u otro organismo similar.
ARTICULO 3º El Departamento Ejecutivo dispondrá la creación de una cuenta bancaria a estos efectos, con expresa y exclusiva afectación al destino indicado que llevará el nombre ”FONDO DE SALUD SOLIDARIA”. A la citada cuenta deberán ingresarse los montos obtenidos por Recaudación Municipal, y demás Entidades Bancarias que realicen la recaudación del cobro de Tasas Municipales.
ARTICULO 4º: El talón previsto en el Artículo 2º de la presente deberán confeccionarse de manera tal que quede un comprobante para el contribuyente, uno para la Entidad Recaudadora y un tercero para ser remitido a la Municipalidad. En el mismo debe constar el siguiente texto: “Contribución voluntaria al FONDO DE SALUD SOLIDARIA, VALOR DE $3 (TRES).
ARTICULO 5º:El otorgamiento del beneficio al particular que lo solicitara estará a cargo del Departamento Ejecutivo, previo dictamen de la Comisión Evaluadora de Casos que se creará a esos efectos, y que se compondrá de la siguiente manera:
- Al menos dos integrantes de la Comisión de Salud, Asistencia Social y Medio Ambiente.
- Un profesional de la Subsecretaría de Desarrollo Social.
- El Secretario de Salud Municipal o un representante por él designado.
- Un representante médico del Comité Técnico Asesor (COTA) designado por Director del Hospital Municipal cuya especialidad sea afín al caso tratado.
Ningún integrante de esta Comisión recibirá sueldo ni honorario alguno por el desempeño de las funciones establecidas en la presente ordenanza.
ARTICULO 6º: La solicitud de petición del beneficio se realizará por escrito a la Comisión Evaluadora de Casos debiendo la misma contener, los siguientes datos y documentación:
1 Datos completos del peticionante y/o de sus representantes legales en su caso.
2 Detalle pormenorizado de la intervención, tratamiento o similar que sea menester efectuar.
3 Adjuntar Historia Clínica completa del paciente a tratar.
4 Recibos de Ingresos o Haberes del solicitante y/o sus representantes legales.
5 Documentación acreditante de cobertura médica en caso de existir la misma.
6 Si la Obra Social no cubre con dicho tratamiento, certificación de la negatividad del servicio por dicha cobertura social.
ARTICULO 7º: Los integrantes de la Comisión Evaluadora de Casos dentro del tercer día hábil de haber recibido la solicitud, deberán mandar a confeccionar en un plazo máximo de diez (10) días hábiles lo siguiente:
- Informe – Socio Ambiental del solicitante y grupo familiar a través del área de Desarrollo Social.
- Informe detallado del caso por parte del Secretario de Salud o Médico de Cabecera indicando lo siguiente:
1-Decripción médica del tratamiento a efectuar.
2 – Imposibilidad material de efectuarse en dependencia de nuestra ciudad.
3 – Posibilidad de sustituirse y/o complementarse por tratamientos similares en nuestro medio.
4 – Establecimientos Sanitarios del País donde pudiera ser brindado el mismo.
5 – Costo estimativo del tratamiento.
6 – Este fondo no contempla costos de honorarios médicos, si hay otras opciones.
7 – Los insumos, prácticas y materiales de uso habituales no serán contempladas en esta ordenanza.
8 – Urgencia del tratamiento solicitado.
9 – Demás consideraciones.
ARTICULO 8º: El Departamento Ejecutivo elevará en forma trimestral un informe Contable de la cuenta “FONDO DE SALUD SOLIDARIA” creada en Artículo 3º de la presente Ordenanza, en el cual se detallará: Saldo a la Fecha – Ingresos – Egresos.
ARTICULO 9º El FONDO DE SALUD SOLIDARIA es por aporte voluntario, por lo cual aquel vecino que decida no aportar al fondo podrá, mediante Nota, solicitar ser excluido del mismo.
ARTICULO 10º Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar Convenios con la Entidades locales para la percepción del importe enunciado en el Artículo 2º.
ARTICULO 11º: CLAUSULA TRANSITORIA UNICA: EL Inc. B) Artículo 2º de la presente Ordenanza será de aplicación a partir de la inclusión de la afectación de los mencionados Fondos en el Presupuesto 2018.
ARTICULO 12º: Derógase la Ordenanza Nº 4.250 sancionada con fecha 07/04/2016.
ARTICULO 13º:Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.477
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2018.-
. Expediente HCD. Nº 6.403-I-18. Iniciado por Interbloque Compromiso Pringles – Cambiemos. Proyecto de Ordenanza: Créase en el ámbito del Municipio de Coronel Pringles la Oficina Municipal de Estadística (OME) que operará bajo la jurisdicción de la Secretaría de Gobierno y Seguridad. (A.L.S.P.y G.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Concejal Lassallette tiene la palabra”.
La Edil Lassallette manifestó: “Gracias Señor Presidente. Es para hacer una simple aclaración respecto de lo que recomendamos como agregado. Y es que en tiempos en los que hablamos mucho sobre cómo manejar el número de empleados municipales, por gran costo que eso significa, y sobre todo valorar el trabajo de quienes hace muchos años que están en la planta municipal. Todos en la Comisión consideramos que era lo mejor dar la posibilidad, cuando se crean oficinas de éste tipo, de que exista, aunque sea de hecho, la posibilidad de concursar y de promover dentro de la nómina de empleados municipales, sin agregar, salvo que sea estrictamente necesario, más gente a la planta municipal. Nada más, muchas gracias”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo señaló: “Concejal de Vega tiene la palabra”.
El Edil de Vega manifestó: “Gracias Señor Presidente. Esta es una idea que empezamos a trabajar, en lo personal, cuando tocó tratar el tema de las tasas, del año pasado, principios de éste año. Y como uno de los requerimientos que yo me había puesto a la hora de analizar los costos y los números de las tasas. Me encontré que a la hora de buscar la información para eso, faltaba algo de eso. No tanto en lo que refiere a la recolección, sino que se venía haciendo de manera dispar en las distintas áreas de acceso municipal.
Entonces me puse como objetivo eso y empecé a buscar las herramientas y encontramos que se habían empezado a hacer algunas gestiones en lo que refiere a esto de la Oficina de Estadísticas. Y así llegué hasta el INDEC que es la herramienta de nivel nacional, más importante de esto. Encontré ahí que hay sistemas, o programas, que tienen que ver con la estadística a nivel nacional, provincial y local, municipales. Donde encontré un muy buen equipo de trabajo, y con muy buena predisposición para empezar a trabajar de manera acorde o conjunta, toda esta temática.
Cuando empecé o empezamos con el resto del Bloque a tratar el tema con el Ejecutivo para empezar a hacer un trabajo, que creo que tenemos que hacer desde el Concejo y como oficialismo que nos toque hacerlo. Y ese feedback entre el Legislativo y el Ejecutivo, que es la gran añoranza de tanto tiempo.
Por lo tanto, la aprobación de esta Ordenanza es el fin de todo el trabajo que se vino haciendo previo, desde la gestión, como les decía con INDEC, hasta ya empezar a trabajarlo con el personal, no es que está definido quién va a ser el encargado, pero al menos sí el área a donde apuntamos esté incorporada la oficina.
Así que entendiendo esto, lo fuimos trabajando con el Intendente y con demás funcionarios y logramos hacer o que se tome la magnitud de la importancia de la recolección de información y de la estadística a la hora de decisiones de políticas de Estado.
Dentro de los considerandos, una de las cosas que pusimos como elemento fundamental, y me alegro que se haya incorporado desde la Comisión, el tema de que sea con personal ya existente del municipio, porque era una de las cosas que también habíamos hablado como preponderante.
La Oficina de Estadísticas, la idea va a ser, cuatro puntos muy sencillos. Inventariar, cualificar, vincular y sistematizar la información que se vaya recolectando en las distintas áreas municipales, pero también en lo que refiera después a la actividad de toda la comunidad. Y volviendo a lo que me aflige, y estando en la Comisión de Producción, uno de los puntos en los que siempre hace hincapié el Intendente y a mí me aflige en particular en lo que refiere a la famosa matriz productiva. Es nuestro objetivo, no sé si cambiarla, pero sí al menos empezar a darle una vuelta por más. Y cuando hablamos de cambiarla, tendríamos que primero identificar cuál es nuestra matriz productiva. Y ahí es donde nos encontramos donde nos falta mucha información. O la información que hay no la tenemos evaluada de manera acorde.
Así que uno de esos puntos, como también tiempo atrás estuvimos debatiendo el tema de los jubilados que necesitaban un apoyo económico y costaba encontrar el número final de cuantos eran o cuantos no eran. Apuesto a que la creación de esta Oficina, en el mediano y largo plazo, nos pueda llenar de estas informaciones que a veces nos falta. Pero también sin pecar de ansiosos en que esto no es un resultado de uno, o dos o tres meses. La estadística refiere, necesita un control histórico de alguna manera, y eso lleva un ciclo. Entonces ojalá podamos tener esto, sobre fin de año o a principios del año que viene, ya poder tener algún registro de la temática que queramos analizar o censar. Y así poder empezar a tomar decisiones políticas con información, pongámosle, científica, de alguna manera. Más certera en lo posible.
No solamente a la hora de tomar las decisiones, si no, también después para evaluar cómo ha sido el resultado de las decisiones que podamos tomar desde acá o desde el Poder Ejecutivo, también va a tener que ver la estadística a futuro, de cómo fueron resultando las acciones de gobierno que se han ido tomando.
Así que en lo personal ha sido gratificante, ya ha habido algunas capacitaciones en el tema. Espero que en lo breve y más que breve, se pueda empezar a trabajar en esto, porque es fundamental empezar cuanto antes para que podamos pronto tener resultados de la información. Nada más Señor Presidente”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Concejal González Estevarena tiene la palabra”.
El Edil González Estevarena manifestó: “Gracias Señor Presidente. La verdad que no quería dejar pasar la oportunidad de celebrar esta posibilidad de esta Ordenanza. De tener una Oficina o una Secretaría o un lugar donde se recaude y haya estadísticas. Porque la propia información que tenemos muchos, en medicina es clave. La utilización de los recursos está basada en las estadísticas, la utilización adecuada de los recursos y muchas veces uno se encuentra con circunstancias de que a mí me parece, o es posible, y la verdad que eso se tiene que terminar. O sea, como los recursos son finitos y las posibilidades económicas son finitas, hay que adecuarlas y ser algo serio.
Nosotros, quiero aprovechar también para pasar un chivo, nosotros en el hospital tenemos una oficina de estadísticas, muy importante. Lo cual el Municipio está muy contento porque le ha permitido quintuplicar el pago de los recursos de la coparticipación.
Nosotros sabemos perfectamente cuántos internados tenemos, cuál es el giro cama, cuáles son las patologías. Cuál es el gasto, dónde fallamos. Y no es por dimes y diretes o porque nos parece. Porque realmente hay gente especializada que recolecta toda la información, la centraliza y lo único que tiene que hacer uno es preguntar. Nosotros sabemos cuántos chicos nacen, de cuantas semanas, tenemos una información increíble.
Ahora, cuando vamos a otras áreas municipales, esa información no existe. Entonces es poco serio y muchas veces es algo anárquico y pasa a ser anacrónico. Cuando uno lee una publicación médica, lo primero que vemos son los considerandos estadísticos. La revista más importante que por ahí podemos leer, The New England, no hay utilización de los recursos, sin estadísticas fiables.
Nosotros somos un país sin estadísticas. Nosotros no sabemos de qué muere la gente, no sabemos cómo utilizamos los recursos. Por eso yo celebro esto. La verdad que cuando el Concejal de Vega empezó a hablar sobre la importancia, yo la verdad que empecé a ver un camino. Porque aparte, se va a terminar, o vamos a empezar, porque va a llevar tiempo, a terminar con eso de me parece, me parece, no, esto es así porque el gasto es así, porque la necesidad es esta.
Ya para terminar, la utilización de los recursos económicos en algunos países, en Suecia por ejemplo, está basada en las necesidades. Entonces ellos han terminado, ellos tienen el Volvo, ¿por qué? Porque tenían una gran mortalidad en accidentes, mejoraron la industria automotriz, el auto más seguro es el Volvo, pero a partir de las estadísticas.
Así que yo realmente lo celebro. Por ahí en la opinión pública y en la gente y por ahí acá, va a pasar desapercibido. Pero les puedo asegurar que en diez años esto va a ser una Secretaría o una Oficina muy importante, en la cual mucha gente va celebrar de tenerla y va a querer formar parte de esa Secretaría. Muchas gracias”.
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Vamos a votar entonces el Expediente HCD. Nº 6.403-I-2018. Estamos votando, aprobado por unanimidad”.
Resultó sancionada la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº 6.403-I-18
VISTO
La capacidad para almacenar datos ha crecido exponencialmente en los últimos años, no así la capacidad para procesarlos, analizarlos y lo más importante, utilizarlos para la toma de decisiones;
La importancia de considerar a la estadística como una herramienta importante para la toma de decisiones y no como una mera actividad burocrática;
La noción de que toda política pública real es el resultado de la combinación entre la fuerza del análisis, que conduce a la toma de decisiones, con la fuerza de los agentes que la materializan. Es decir, la política pública real debe enfocarse en armonizar la calidad de la decisión con las capacidades requeridas para concretarla;
La vigencia de la Ley Nº 17.622 que regula el Sistema Estadístico Nacional; y
CONSIDERANDO
Que es relevante y casi necesario por lo tanto tener un sistema o la estructura adecuada para el manejo de datos que permitan ser convertidos en información;
Que resulta necesario y conveniente proceder a la creación de una oficina estadística municipal que permita contar con datos, índices y mediciones en diversos aspectos económicos, laborales, sociales, humanos, urbanos, y de cualquier índole, así como la sistematización de toda la información respecto al Partido de Coronel Pringles;
Que la tarea de esta oficina, debe integrarse en lo que la citada ley nacional define en su Artículo 4º como Sistema Estadístico Nacional, coordinado por el Instituto de Estadísticas y Censos;
Que esta repartición debe estar a cargo de un agente que trascienda los períodos de gobierno, debiéndose dotar al mismo de cierta estabilidad a efectos de garantizar la objetividad de la estadística municipal;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Créase en el ámbito del Municipio de Coronel Pringles la Oficina Municipal de Estadística (OME) que operará bajo la jurisdicción de la Secretaría de Gobierno y Seguridad.
ARTÍCULO 2º: La OME es un área transversal a toda la administración pública local, dada su vinculación con todos y cada uno de los sectores que la componen. Su misión es recolectar, validar, analizar y difundir toda la información, disponible a través de registros administrativos, encuestas o censos, transformando la misma en información oficial, de calidad y confiable permitiendo la toma de decisiones gubernamentales que generen políticas públicas efectivas basadas en evidencias, tomando en cuenta las características particulares y el contexto de la sociedad.
ARTÍCULO 3º: La OME estará a cargo de un responsable con estabilidad en el cargo y designado en la planta permanente del Municipio, cuya función será cumplir con el objetivo estipulado en el Artículo 2º de la presente.
ARTÍCULO 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá de la infraestructura y los recursos humanos necesarios para cumplir con el objetivo planteado. Asimismo reglamentará su accionar dotando a la OME de las potestades necesarias para la obtención de la información que requiera.
ARTÍCULO 4º BIS: “El recurso humano será seleccionado de la nómina de empleados municipales que tengan aptitud para el cargo. Por excepción, y solo en el caso que no exista en dicho listado persona idónea, el Departamento Ejecutivo arbitrará los medios para llamar a concurso público de antecedentes y oposiciones”.
ARTÍCULO 5º: Adhiérase a la Ley Nacional Nº 17.622, sus modificatorias y normas reglamentarias en cuanto fueran aplicables y en consecuencia, considérese el organismo que por la presente Ordenanza se crea, integrado al Sistema Estadístico Nacional.
ARTÍCULO 6º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar todos los convenios, acuerdos y acogimientos, que faciliten y potencien positivamente el accionar de la OME, con todos los organismos públicos o privados, locales, regionales, provinciales o nacionales idóneos o promotores de la actividad estadística.
ARTÍCULO 7º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las previsiones y modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 8º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.478
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2018.-
. Expediente HCD. Nº 6.409-D-18. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Proyecto de Ordenanza: Déjese sin efecto la cesión en tenencia precaria oportunamente realizada en favor de la Institución “Asociación El Fogón de los Gauchos de Coronel Pringles” de bienes patrimoniales propiedad de éste Municipio, y que oportunamente fuera otorgada mediante Ordenanza Nº 1.285 del 26 de Noviembre de 1.965. (Se adjunta Expediente Municipal Nº 000000101/2018-00 – Letra P). (A.L.S.P. y G.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Estamos votando el Dictamen del Expediente Nº 6.409-D-2018. Aprobado por unanimidad”.
Resultó sanciona la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº6.409-D-18
VISTO
El Expediente Nº 0101/18, por el cual el equipo del Proyecto de Renovación de Museos de Coronel Pringles solicita finalizar el convenio que vincula al Municipio con la “Asociación El Fogón de los Gauchos” en lo que respecta al Museo Histórico Regional; y
CONSIDERANDO
Que bajo Ordenanza Municipal Nº 1.285 del 26 de noviembre de 1965, el Municipio de Coronel Pringles cedió la tenencia precaria de todos los objetos y elementos de su propiedad a la “Asociación El Fogón de los Gauchos de Coronel Pringles” para el establecimiento del Museo Regional Histórico;
Que el cuidado de bienes inmuebles quedaba a cargo de dicha asociación, realizándose la entrega contra inventario. El Museo Histórico Regional había sido creado mediante el Decreto Nº 0069 del 08 de agosto de 1958, y funcionaba en el Salón de Actos de la Municipalidad local. Por Decreto Nº 0061 del 18 de mayo de 1966, el llamado Museo Histórico Regional y de Ciencias Naturales pasó a depender de la Institución “Asociación El Fogón de los Gauchos de Coronel Pringles”, por lo tanto la cesión precaria de los elementos y objetos respondía al traspaso de la responsabilidad de la gestión de dicho museo hacia esa Institución;
Que durante más de cincuenta años –desde el traspaso de los bienes en 1966- este convenio, que fue tomando diversas formas, permitió al “Fogón de los Gauchos” utilizar la colección patrimonial municipal con fines recreativos y educativos. A la vez el Municipio encontró en esta Asociación un socio comprometido con la tarea de divulgación de su pasado histórico y patrimonio natural;
Que sin embargo, el edificio que alberga la colección comenzó a presentar en los últimos años un franco deterioro que puso en riesgo el patrimonio e impidió que siguiera cumpliendo las funciones para las cuales fue creado. La humedad del ambiente, los lógicos efectos del tiempo, las deficientes condiciones del único baño que no podría ser utilizado por los visitantes, la falta de adecuación a las normas de conservación, seguridad y accesibilidad que actualmente son requeridas para espacios de este tipo, hacen inviable su funcionamiento;
Que de ésta evaluación diagnóstica se deriva que el edificio donde hasta el presente ha estado funcionando el museo no puede albergar colecciones ni personas, ya que carece de las condiciones que son requeridas por las reglamentaciones de museos, asociadas a seguridad, conservación y equipamiento. No puede albergar una colección patrimonial, y como testimonio de esta imposibilidad está la constatación realizada en el mes de marzo de 2017 de la destrucción total o parcial de piezas patrimoniales producto de inundaciones previas, humedad o insectos destructivos;
Que a la vez, por tratarse de una construcción antigua, ya no cumple con las regulaciones de accesibilidad y seguridad necesarias para recibir visitantes;
Que al mismo tiempo, el Municipio de Coronel Pringles está desarrollando nuevos proyectos museológicos para los cuales se requiere la recuperación de las colecciones municipales: actualizar inventario y catalogación, establecimiento de reserva técnica unificada con protocolo de conservación más cercano a los estándares, reestructuración de las colecciones en nuevas unidades administrativas y de exhibición;
Que ello se enmarca en el necesario proceso de reorganización de los Museos de Coronel Pringles y la revisión del fondo patrimonial para su actualización, catalogación, restauración y mejoras en la conservación;
Que ésta situación ya ha sido comunicada en reuniones previas a la institución, y que los bienes patrimoniales municipales ya han sido puestos al resguardo en la reserva técnica armada “ad hoc” en Casa de Cultura, donde se está procediendo a su revisión;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Déjese sin efecto la cesión en tenencia precaria oportunamente realizada en favor de la institución “Asociación El Fogón de los Gauchos de Coronel Pringles” de bienes patrimoniales propiedad de éste Municipio, y que oportunamente fuera otorgada mediante Ordenanza Nº. 1.285 del 26 de noviembre de 1965.
ARTICULO 2º: Dispóngase el traslado de los bienes que son de su propiedad a una Reserva Técnica para su evaluación, catalogación y restauración.
ARTICULO 3º: Determínese sobre la base del inventario existente, constituido por fichas en papel fechadas entre los años 1969 y 1974, única documentación apropiada para establecer la propiedad de los objetos, qué bienes son de propiedad y pertenecientes al patrimonio Municipal, y cuáles son propiedad de la “Asociación El Fogón de los Gauchos de Coronel Pringles”.
ARTICULO 4º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a otorgar en “donación con cargo” un lote de bienes de su fondo patrimonial vinculados a la temática gauchesca a la asociación “El Fogón de los Gauchos”, los que se individualizan en el Inventario adjunto como Anexo I. Dicho inventario consigna cuáles son las piezas propias de la “Asociación El Fogón de los Gauchos de Coronel Pringles” –donadas directamente por particulares y socios- y cuáles provienen del fondo patrimonial Municipal y podrán ser “donadas con cargo”.
ARTICULO 5º: Dicha asociación tendrá como límite máximo el plazo de un (1) año a partir de la fecha del convenio a suscribirse, para exhibir como mínimo el ochenta por ciento (80%) del total de las piezas que son autorizadas a “donar con cargo” por intermedio de la presente, ya sea mediante la readecuación del espacio actual o bien por re-ubicación de su patrimonio.
ARTICULO 6º: El “Cargo” de la donación importa que en caso de que la “Asociación EL Fogón de los Gauchos de Coronel Pringles” no concrete la exhibición de los bienes identificados en los tiempos preestablecidos y acordados en la cláusula anterior, o que los bienes corran riesgos de conservación y/o seguridad, los bienes cedidos volverán automáticamente al fondo patrimonial municipal, quedando sin efecto la donación que se hubiere realizado.
ARTICULO 7º: El Departamento Ejecutivo deberá velar porque esta condición de exhibición, conservación adecuada y seguridad se cumpla efectivamente.
ARTICULO 8º: Los gastos, costos y/u honorarios en que incurra la “Asociación EL Fogón de los Gauchos de Coronel Pringles” para la adaptación y puesta en valor del edificio, el equipamiento, materiales que deriven del armado de un nuevo museo u otro espacio de exhibición, y/o para el cumplimiento del “cargo” aquí establecido correrán por su propia y exclusiva cuenta y orden.
ARTICULO 9°: Deróguese toda Ordenanza, Decreto o Reglamentación que se oponga o contradiga la presente.
ARTICULO 10°: Cúmplase, Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.479
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2018.-
. Expediente HCD. Nº 6.410-D-18. Iniciado por Departamento Ejecutivo. Proyecto de Ordenanza: Ratifíquese la rescisión del Convenio suscripto entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Coronel Pringles, mediante el cual el Ministerio facultaba al Municipio a gestionar la habilitación de los establecimientos de elaboración de chacinados frescos – clase C, según Ley Nº 11.123 en esta jurisdicción, aprobado por Ordenanza Nº 3.881 el 7 de Julio de 2011, a partir del 14 de Agosto de 2016, según consta en la Carta Documento enviada al Ministerio por parte de esta Municipalidad el 14 de Julio de 2016.(A.L.S.P. y G.).
A continuación se adjunta el citado Dictamen:
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “Estamos votando el Dictamen del Expediente Nº 6.410-D-2018. Aprobado por unanimidad”.
Resultó sanciona la siguiente Ordenanza:
Expediente HCD. Nº 6.410-D-18
VISTO la Ordenanza Nº 3.881 del 2011; y
CONSIDERANDO
Que mediante la misma se autoriza la suscripción del Convenio a celebrar entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires y esta Municipalidad de Coronel Pringles, por el cual el Ministerio facultaba al Municipio a gestionar la habilitación de los establecimientos de elaboración de chacinados frescos – clase C, según Ley Nº 11.123 en esta jurisdicción;
Que la duración del citado Convenio es de dos (2) años a partir de su aprobación, prorrogable automáticamente por períodos iguales indefinidamente salvo que cualquiera de las partes notifique a la otra por medio fehaciente su decisión en contrario;
Que con fecha 14 de julio de 2016 se envió Carta Documento al Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires notificando la voluntad de este Municipio de rescindir el Convenio en cuestión, por razones operativas, estructurales y económico – financieras;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Ratifíquese la rescisión del Convenio suscripto entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Coronel Pringles, mediante el cual el Ministerio facultaba al Municipio a gestionar la habilitación de los establecimientos de elaboración de chacinados frescos – clase C, según Ley Nº 11.123 en esta jurisdicción, aprobado por Ordenanza Nº 3.881 el 7 de julio de 2011, a partir del 14 de agosto de 2016, según consta en la Carta Documento enviada al Ministerio por parte de esta Municipalidad el 14 de julio de 2016.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.480
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2018.-
El Sr. Presidente del H. Cuerpo expresó: “El arrío de la Bandera Bonaerense corresponde al Edil Cejas. Arrío de la Bandera Nacional corresponde al Edil Cluchinsky.
Siendo las 20:12hs damos por finalizada la Sesión. Muchas gracias”.